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Parte 1 / 2
Este es un resumen traducido al español
de la Guía en inglés publicada en Agosto del 2003
(traducción: Martha Cecilia Ordoñez Lizarazo)
El autor es un miembro de la
plantilla de la sección holandesa de Amnistía Internacional.
Los puntos de vista expresados en este documento pertenecen al autor
y no reflejan necesariamente el punto de vista y
las reglas de trabajo de Amnistía Internacional.
Para comentarios y sugerencias,
por favor escribir a Daan Bronkhorst:
webredactie@amnesty.nl
1. Las consecuencias de la represión
2. Comisiones de la Verdad
3. Otras formas de investigación
4. Juicios
5. Sobrevivientes
6. Las consecuencias de las comisiones de la verdad
I. LAS CONSECUENCIAS DE LA REPRESIÓN
Esta Guía se basa en las experiencias provenientes de 50
comisiones de la verdad y de organismos similares que han estado
operando desde 1970, en la creciente literatura acerca de las comisiones de
la verdad y en los estudios relacionados con la "justicia transicional",
incluyendo la adjudicación doméstica e internacional.
En un periodo de casi veinte años (1984 – 2003) ha habido
7 comisiones de la verdad fundamentales y 25 comisiones más pequeñas,
que a menudo han sido menos exitosas (de las cuales 8 estaban aun en
funcionamiento a mediados de 2003). Además, ha habido iniciativas para
investigar y "limpiar" a antiguos funcionarios, principalmente en Europa
Central, y de muchas otras investigaciones oficiales y "comisiones de la
verdad" no-gubernamentales.
Diferentes tipos de represión pueden llevar a
diferentes clases de responsabilidad después de que la violencia ha
disminuido… se puede distinguir una "fuerte" represión que tiene como
objetivo un adversario individual; represión "directa" declarada por un
grupo o partido; represión "total" donde un gobierno es golpeado con gran
violencia en amplios sectores de la sociedad; y una represión "caótica"
donde el estado no controla la totalidad del territorio y donde grupos de
oposición armados cometen abusos a gran escala. Después de la represión
"fuerte", los responsables quedan al descubierto y son claramente
identificables. Si tomamos en cuenta sistemas de represión "directa", las
responsabilidades individuales son más difíciles de identificar. Las
consecuencias de la represión "total" y "caótica" no son favorables para el
trabajo de las comisiones de la verdad.
Los cuatro instrumentos principales para que un gobierno
solucione conflictos son: investigación, mediación, arbitraje y
adjudicación.
- Investigación:
abarca todos los esfuerzos del gobierno para
investigar y publicar los hechos de ejecuciones ilegales. Esto normalmente
involucra una declaración oficial sobre los hechos en si mismos,
revelación de una parte substancial de los hechos y una revelación de las
identidades de los responsables. Un gobierno puede establecer una comisión
especial para dicho objetivo, tal como una "comisión de la verdad".
- Mediación:
abarca todos los intentos por alentar el diálogo entre
los adversarios y los organismos internacionales. Los gobiernos pueden
entrar en diálogo con grupos de oposición; ellos pueden responder a los
informes y peticiones a través de los derechos humanos tanto
internacionales como nacionales y a través de organizaciones humanitarias.
Pueden discutir estos asuntos entre organizaciones intergubernamentales.
- Arbitraje:
Implica un acuerdo "fuera de juicio". Abarca todos los
intentos del gobierno para indemnizar o compensar las violaciones graves a
los derechos humanos, donde son escasos los procesos judiciales contra los
responsables. Esto incluye medidas disciplinarias contra los militares y
oficiales de policía. Algunos gobiernos han utilizado consejos
especialmente diseñados y otros organismos para hacerse cargo de los
responsables.
- Adjudicación:
abarca procedimientos judiciales y condenas, en
contra de los responsables, tanto de los niveles de responsabilidad más
alta (miembros de Junta), como a nivel de responsabilidad directa. (¿Quién
tiro del gatillo?).
II. COMISIONES DE LA VERDAD
La esencia de los mecanismos de responsabilidad
alternativa consiste en que deben suplementar juicios criminales
individuales. Existen riesgos inherentes al acercamiento no-judicial,
tales como:
- Fácilmente optan por la aprobación de alternativas de acción judicial.
- Estándares de juicio justos no pueden aplicarse a procesos informales.
- Fácilmente influenciados por factores políticos y sociales.
- Los estándares desarrollados para dichos mecanismos pueden llegar a
ser una forma de "compromiso codificado".
- Se enfatiza frecuentemente en la responsabilidad colectiva y no en la
individual.
- Pueden impedir una futura discusión acerca del pasado, al hacer la "verdad"individual
como oficial.
No existe una definición sobre "comisión de la
verdad" en convenciones o declaraciones internacionales. Como definición
provisional, una comisión de la verdad es:
- un organismo temporal establecido por una autoridad oficial
(Presidente, Parlamento)
- para investigar un patrón de graves violaciones de los derechos
humanos por un periodo de tiempo pasado, que busca hacer público un
informe, que incluye información sobre víctimas y recomendaciones para la
justicia y reconciliación.
Las comisiones de la verdad pueden ser establecidas por
buenas o malas razones. Frecuentemente hay una mezcla de estas dos
razones. Idealmente, una comisión de la verdad es un acercamiento honesto
para tratar con un legado del pasado de abusos a los derechos humanos, es
efectivo como una herramienta de reconciliación. Una mala razón para
establecer una comisión de la verdad, es que puede excluir juicios de los
mayores responsables de flagrantes y sistemáticos abusos.
Una definición elegante de verdad ha sido
ofrecida por el filósofo alemán Jürgen Habermas. La verdad, el dice, es algo
de lo que estamos conscientes en tres aspectos:
- Es un hecho, corresponde a algo que realmente ha ocurrido o existido.
- Es normativo, corresponde a un sentido de lo que sentimos que es
justo.
- Es una manera de comunicar la verdad, con honestidad y sinceridad.
Las comisiones de la verdad tienen un buen funcionamiento si
cumplen con los tres aspectos de la verdad. Deben establecer hechos, no solo
suposiciones. Deben informar de acuerdo con las normas internacionales de
derecho o moralidad. Dichas comisiones deben presentar sus descubrimientos
de una manera verdadera y honesta, con cierta clase de ceremonia.
La pregunta de cuando y donde se deben incluir los
nombres de los responsables, en los informes de la comisión de la verdad
continua siendo debatida- en algunos momentos intensamente. El argumento
principal a favor es que tal política puede hacer frente al sentido de
impunidad imperante. Los argumentos en contra de adoptar una política tal
por organismos no-judiciales se enfoca en la falta de procedimientos de
"juicio-justo".
Tres condiciones parecen ser básicas para que una
comisión de la verdad oficial, sea relativamente exitosa.
- Un cierto nivel de apoyo oficial o consentimiento es necesario. Cuando
este no es el caso, tanto los preparativos como los debates pueden durar
indefinidamente ó los resultados de la Comisión pueden no ser seguidos.
- Una comisión de la verdad presenta la mejor oportunidad de producir
algo substancial si algún grupo, generalmente el gobierno anterior, ha
sido un mayor violador trascendental de los derechos humanos, en
comparación con los otros grupos reunidos.
- El éxito de una comisión de la verdad depende en gran medida de una
verdadera "transición" que contenga la ley. No tendrá ningún efecto
significativo si la situación en la que fue originalmente establecida,
generalmente en condiciones de relativa paz y seguridad, ha deteriorado
mientras tanto o caído en niveles anteriores de hostilidad.
Las comisiones de la verdad han mostrado una amplia variedad
de características. Siete "grandes" comisiones de la verdad ilustran
dicha variedad:
- Argentina
: Comisión Nacional de Desaparición Forzosa de
Personas ("Comisión Sábato"), 1983-1984; establecida por orden
presidencial; 16 miembros, 60 empleados; sesiones cerradas en su mayoría;
investigaron violaciones ocurridas en un periodo de 7 años; cerca de 9,000
víctimas enumeradas; la lista de los responsables no se hizo pública.
- Chile
: Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación ("Comisión
Rettig"), 1990-1991; establecida por orden presidencial; 8 miembros; 60
empleados; sesiones cerradas, además sesiones públicas de información;
investigaron violaciones ocurridas en un periodo de 17 años; documentaron
cerca de 3,000 casos; no fueron señalados responsables individualmente.
- El Salvador
: Comisión de la Verdad ("Comisión ONU"),
1992-1993; establecida por acuerdo de paz patrocinado por la ONU; 3
miembros (todos extranjeros), 40 empleados; sesiones cerradas;
investigaron violaciones ocurridas en un periodo de 11 años; se publicó
información seleccionada sobre responsables individuales.
- Alemania
: Comisión de Investigación para la Valoración de la
Historia ("Comisión Eppelman"), 1992-1994; establecida por el
Parlamento; 36 miembros; sesiones públicas para escuchar artículos
académicos; investigaron violaciones ocurridas en un periodo de 40 años;
informe de 15,000 hojas; la información sobre los responsables e
informantes fue revelada en los archivos.
- Sudáfrica
: Comisión de la Verdad y Reconciliación
("Comisión Tutu"), 1995-2000; establecida mediante adopción de ley por
parte del Parlamento; 17 miembros, 300 empleados; sesiones abiertas y
cerradas con audiencia; investigaron 34 años de apartheid; los
responsables nombrados y escuchados – podrían solicitar amnistía.
- Guatemala:
Comisión de Aclaración del Pasado, 1997-1999;
establecida por el acuerdo de paz patrocinado por la ONU, 3 miembros (1
extranjero), 200 empleados; sesiones cerradas; investigaron violaciones
ocurridas en un periodo de 34 años; no se nombraron a los responsables
individualmente.
- Perú
: Comisión de la Verdad, 2001-2003; Denuncia que 65,000
personas han muerto o desaparecido en las dos décadas que el gobierno ha
combatido a la guerrilla rebelde.
Ha habido muchas otras, comisiones de la verdad
"menores". Algunas fueron exitosas; la mayoría tuvo un éxito parcial o
un fracaso total. Algunos ejemplos en América son:
- Bolivia: Comisión de Investigación sobre las Desapariciones,
1982-1984; 155 casos de "desapariciones" documentadas; abortada antes
de poder publicar un informe.
- Uruguay: Comisión de Investigación Parlamentaria sobre Personas
"Desaparecidas"; El informe tuvo que ser cambiado substancialmente
bajo presión política, y nunca fue oficialmente presentado.
- Haití: Comisión Nacional de la Verdad y la Justicia;
1995-1996. Una comisión de la verdad de siete, incluyendo tres expertos
internacionales, 5,500 testigos fueron escuchados. El informe se hizo
público un año mas tarde, publicado en forma de libro algunos años más
tarde.
- Ecuador: Comisión de la Verdad y Justicia; 1996-1997.
Establecida para investigar por lo menos 176 casos de abusos de los
derechos humanos durante un periodo de 17 años; fue abortada.
- Panamá: Comisión de la Verdad; 2001-2002. Establecida por
orden presidencial, para investigar violaciones de los derechos humanos en
el periodo comprendido entre 1968-1989, documentado mediante 110 casos de
ejecuciones extrajudiciales y desapariciones.
- Surinam: Una propuesta para una comisión de la verdad fue
elaborada a mediados de 1990 y un fiscal de alto nivel fue asignado como
cabeza potencial de una comisión de la verdad, pero ninguna operación ha
sido fructífera.
III OTRAS FORMAS DE INVESTIGACIÓN
"Limpieza" ("lustración", purificación) es un mecanismo
no-judicial de responsabilidad individual, que fue usado durante la década
de los 90 por varios países, principalmente en Europa del Este. En la
República Checa, bajo una Comisión Parlamentaria sobre la Ley de
Limpieza, entre 1991 y 1997 un total de 303,504 investigaciones tuvieron
lugar, de las cuales un 5 por ciento resulto en identificación de antiguos
delatores o empleados del sistema de seguridad StB. De los veredictos
apelados por los ciudadanos, la mitad de ellos fue revocada. La fuerza de
seguridad "Stasi" de la Republica Democrática Alemana empleo 90,000 personas
a tiempo completo, y 174,000 "colaboradores no oficiales". La Stasi dejó 180
kilómetros de documentos, alrededor de un billón de páginas; cualquier
persona puede leer hoy en día su propio dossier (expediente) y así descubrir
aquellos que informaron sobre el ó ella.
En docenas de países, instituciones de derechos humanos
han sido establecidas como un guardián temporal o permanente. Han
incluido a un "defensor del pueblo" ministerial o departamental, un fiscal,
un "defensor de los derechos humanos", una "comisión nacional", o un
organismo similar con un titulo tal. Por ejemplo, en Paraguay el Centro
de documentación y archivo y la UNESCO administran los archivos de la
anterior Política y Policía de Paraguay bajo la presidencia de Alfredo
Stroessner (1954-1989), los cuales fueron descubiertos a partir de 1992. En
México, el presidente creo la Oficina del Fiscal en Noviembre de 2001; un
año y medio después, la Vigilancia de Derechos Humanos noto que "la oficina
aun debía producir resultados significativos".
El término "comisión de la verdad" no siempre ha sido
reservado para instituciones oficiales únicamente. Estos son algunos
ejemplos de iniciativas de ONG´s que han realizado grandes informes
de la "verdad" en América:
- Brasil:
Miembros de la Arquidiócesis de Sao Paulo, de la Iglesia
Católica y abogados crearon Nunca Mais (1985), un libro de los más
vendidos principalmente basado en informes de audiencias ante las cortes
militares.
- Uruguay:
El reporte no-gubernamental Nunca Más (1985) ha
permanecido como las mas exhaustiva cuenta (factura) de once años de
gobierno militar.
- Colombia
: Actualmente se lleva a cabo un proyecto llamado Nunca
Más: Crímenes de lesa humanidad.
- Chile
: Basado en la documentación de la Vicaría de la Solidaridad,
un libro de 3 volúmenes titulado La memoria prohibida, puesto en
circulación en 1989 por una coalición de ONG´s, contiene capítulos en los
cuales se nombran a los responsables.
- Guatemala:
Antes del informe de 1999 de la Comisión oficial de
Aclaración del Pasado, una ONG fundada en la iglesia, REMHI, ya había (en
1998) publicado Guatemala: Nunca Más. Este es un informe de mas de
1,400 páginas que trata del destino de 1.44 millones de víctimas de
violaciones de los derechos humanos – personas asesinadas, desaparecidas,
torturadas, desalojadas, que han enviudado o se han convertidos en
huérfanos.
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