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Introducción
La visualización del desarrollo sustentable como un
derecho humano es relativamente reciente. Aunque podría decirse que en los
documentos generales sobre derechos humanos ya se consagraba de manera
implícita tal aspecto, no fue hasta 1986 que en el marco de las Naciones
Unidas se aprobó la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo.
Posteriormente, tal noción se ha ido lentamente
afianzando, aunque no siempre se agregue expresamente a la palabra
"desarrollo" el adjetivo "sustentable". En algunos casos ello puede
trascender la cuestión terminológica, y revelar aspectos importantes,
relacionados con el modelo conceptual del desarrollo que se persigue. Al
respecto, al elaborar las presentes notas asumimos como punto de partida que
el desarrollo sólo es sustentable cuando se centra en el ser humano, y se
funda en el respeto a la democracia y a los derechos humanos.
Iniciamos así estas reflexiones con una referencia a la
relación entre el desarrollo sustentable y los derechos humanos, para luego
analizar lo relativo a la pobreza, y especialmente la pobreza extrema, como
elemento común al desarrollo sustentable y a los derechos humanos, y como
situación que implica violación de derechos humanos.
Finalmente nos referimos a algunas maneras a través de
las cuales el sistema interamericano de derechos humanos puede contribuir a
hacer efectivo el derecho humano al desarrollo sustentable, incluyendo al
respecto referencias a antecedentes y a posibilidades adicionales que ofrece
el sistema interamericano en la materia.
Relación entre desarrollo sustentable y derechos humanos
La Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó en 1986
la "Declaración sobre el Derecho al Desarrollo", en la que se señala que el
derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable de todo ser humano y
de todos los pueblos (artículo 1) a ejercer soberanía plena y completa sobre
todos sus recursos y riquezas naturales en procura de su desarrollo
económico, social y cultural (Preámbulo).
Aunque podría señalarse que el derecho al desarrollo como
derecho humano se encontraba contemplado de manera implícita en instrumentos
universales y regionales de derechos humanos, no fue hasta 1986 que se
reconoció formalmente tal derecho en la mencionada forma en que se hizo en
la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo.
Con posterioridad a tal Declaración se ha reiterado en
diversos foros e instrumentos internacionales la concepción del desarrollo
como derecho humano. Así, el derecho al desarrollo ha sido reiterado y
explicado en mayor medida en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos
(Viena), 1 la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (El
Cairo)2, la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague)3 y la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing)4. De esta manera, señala el
PNUD, "no cabe duda alguna de que el derecho al desarrollo no es un sueño ni
un lema ideológico. Es un derecho humano garantizado en el derecho
internacional."5
Consideramos vital tal reconocimiento del desarrollo como
un derecho humano. Lo contrario, es decir, concebir el desarrollo como un
proceso primordialmente macroeconómico no relacionado con los derechos
fundamentales de las personas podría llevar a un desarrollo no sustentable.
Como se ha apuntado, "el crecimiento por sí solo no basta. Puede ser
despiadado, dejando a los perdedores en la pobreza abyecta. Sin trabajo,
creando pocos empleos. Sin voz, sin garantizar la participación de las
personas. Sin futuro, destruyendo el medio ambiente para las generaciones
futuras. Y desarraigado, destruyendo las tradiciones culturales y la
historia".6
El Secretario General de la ONU, Kofi Annan, ha
mencionado recientemente que los países más ricos y poderosos "no lograrán
una seguridad duradera, física o económica, mientras en el mundo haya miles
de millones de personas a las que se les niega esos beneficios".7 Por su
parte, el Presidente de la Comisión Interamericana ha señalado que hay que
asegurar el régimen de libertades que implica la democracia, mediante el
respeto no sólo de los derechos civiles y políticos, sino también de los
económicos, sociales y culturales. Ello, entre otros aspectos, "evitará
tentaciones autoritarias bajo el manto de un falso populismo, y también lo
peor: la posibilidad de regresión a dictaduras militares que violen los
derechos cuya reconquista costó muchas vidas, muchas desapariciones y muchas
torturas".8
En similar sentido, la anterior Alta Comisionada de la
Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Mary Robinson, ha destacado que
Los derechos humanos aportan al debate relativo al
desarrollo un conjunto unificador de normas, una referencia común para
fijar objetivos y tasar el valor de la acción. (...) Debemos comprender
el papel de los derechos humanos en términos de la potenciación de
individuos y comunidades. Al proteger esos derechos podemos ayudar a
prevenir los muchos conflictos que tienen su base en la pobreza, la
discriminación y la exclusión (social, económica y política), que siguen
afectando a la humanidad y destruyendo decenios de actividades de
desarrollo. Debe romperse el círculo vicioso de violaciones de derechos
humanos que provocan conflictos, que a su vez provocan nuevas
violaciones. Creo que podemos romperlos sólo si garantizamos el respeto
de todos los derechos humanos. (...) El progreso duradero depende del
respeto de los derechos humanos y de la participación efectiva de los
ciudadanos en los asuntos públicos.9
En un documento de política del Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD) se señala, en relación con la mencionada
Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Desarrollo, que los
derechos que componen el derecho al desarrollo incluyen:
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Derecho de participación. Toda persona y
todos los pueblos tienen derecho a una participación activa, libre y
significativa en el desarrollo (Preámbulo) y, en tanto participante
activo (Artículo 2), a contribuir al desarrollo económico, social,
cultural y político y disfrutar de él (párrafo 1 del Artículo 1).
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El derecho a ser el sujeto central del
desarrollo (Artículo 2) que está encaminado al mejoramiento
constante del bienestar humano (Preámbulo). Este constituye el derecho
al desarrollo humano centrado en la gente en que la gente y su bienestar
ocupan el primer plano, por encima de todos los otros objetivos y
prioridades del desarrollo.
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El derecho a la distribución justa
(Preámbulo) de los beneficios del desarrollo.
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El derecho a la no discriminación en el
desarrollo sin distinción de ninguna clase por motivos de raza,
color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen
nacional o social, situación económica, nacimiento u otra condición
(Preámbulo).
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El derecho a la libre determinación. El
derecho humano al desarrollo implica además la plena realización del
derecho de los pueblos a la libre determinación, que incluye su derecho
inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos
naturales (párrafo 2 del Artículo 1).
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El derecho a la realización libre y plena del
ser humano con pleno respeto de sus derechos humanos y libertades
fundamentales (párrafo 2 del Artículo 2).
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El derecho a estar protegido de las excepciones.
Toda persona humana y todos los pueblos tienen derecho a la
aplicación, la promoción y protección de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales, los derechos civiles, políticos, económicos,
sociales y culturales (párrafo 2 del Artículo 6 y Preámbulo). La
promoción de algunos derechos humanos y libertades fundamentales, su
respeto y su goce no pueden justificar la denegación de otros derechos
humanos y libertades fundamentales. Todos los derechos humanos y
libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes
(Preámbulo).10
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El derecho al desarrollo sustentable y los derechos
humanos tienen una relación muy estrecha entre sí. Un desarrollo sin respeto
a los derechos humanos no será en definitiva sustentable, mientras que una
situación de pleno respeto y disfrute de todos los derechos humanos sólo es
posible en un contexto de una situación al menos razonable de desarrollo.
Como bien se señala en un documento del PNUD, "el
desarrollo humano sustentable constituye una paradigma de una estrategia
holística de desarrollo que abarca todos los derechos humanos, económicos,
sociales, culturales, civiles y políticos."11
Un desarrollo sustentable es aquel centrado, en
definitiva, en un ser humano que disfrute y vea respetados todos sus
derechos humanos.
Notas
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