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ISSN 1913-6196

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  Reflexiones impertinentes: sobre la memoria y el olvido, sobre el castigo y la clemencia

Prevención y resolución de conflictos

Iván Orozco Abad

Parte 1 / 2

Este ensayo constituye un fragmento del capítulo 6 del libro,
ENTRE EL PERDÓN Y EL PAREDÓN. Preguntas y dilemas de la justicia Transicional
,
editado por Angelika Rettberg y publicado por UNIANDES/IDRC

  Resumen

Este documento ofrece una perspectiva de la importancia del contexto en la definición de las opciones y mecanismos de la justicia transicional. El documentos sugiere que—aún en defensa de las víctimas—la "nueva conciencia humanitaria", promulgada desde los países del centro hacia los países periféricos, oculta el hecho de que la justicia es una construcción histórica y no un conjunto de valores que surgen en vacíos políticos. En consecuencia, el documento hace un llamado a la consideración de las necesidades particulares de los países en situación de conflicto, donde a veces es difícil distinguir a víctimas de victimarios, y que exigen espacio de maniobra en la solución y negociación de sus conflictos, al igual que alguna vez lo tuvieron aquellos que hoy los enfrentan con un marco normativo hegemónico y limitado.

  Los derechos humanos y el privilegio de la memoria y el castigo

Desde el punto de vista interno del derecho moderno globalizado de los derechos humanos y del derecho penal internacional, el asunto central de la justicia transicional es el de cómo obtener verdad, justicia y reparación para las víctimas de graves crímenes perpetrados en el pasado de la guerra y/o del autoritarismo, en contextos de transición a la paz y/o a la democracia. Desde una perspectiva más amplia de filosofía y de práctica políticas, se trata del establecimiento de un balance adecuado entre la memoria y el olvido, entre el castigo y la clemencia, entre la justicia y la reconciliación. 1

Una observación provocadora sobre los derechos humanos y el olvido parcial de la memoria histórica

A mi juicio y por las razones que voy a exponer a continuación, se ha vuelto muy difícil diseñar e implementar políticas públicas de la memoria y el olvido, del castigo y de la clemencia, adecuadas a las necesidades específicas de un país como Colombia, caracterizado por una experiencia prolongada y que aún no termina, de barbarie más bien horizontal y simétrica. 2

La nueva conciencia humanitaria globalizante de Occidente surgió después de la Segunda Guerra Mundial y está apuntalada sobre el deber de recordar y de evitar la repetición de crímenes de masas que siguen el patrón del Holocausto, un crimen agenciado por el Estado en condiciones de absoluta asimetría de poder. Pues bien, dicha conciencia humanitaria está caracterizada por una paradoja. Está edificada sobre una mistificación de la memoria inmediata, pero carece, ella misma, por lo menos en la visión de muchos de sus representantes más conspicuos y más influyentes, de memoria mediata y con ello, de memoria histórica. Estos reclaman un valor y una vigencia universales y absolutos para su visión y no admiten aproximaciones diacrónicas, de manera que sus juicios sobre el pasado, como pasado y como presente, tienden a ser anacrónicos, es decir, leen y juzgan el pasado con categorías del presente. En materia de moral y de derecho globalizados, gobierna exclusivamente la última hora de la historia. La conciencia que rige la vanguardia humanitaria, irradiando desde el centro hacia la periferia, vive, como Dios, en el puro presente. Actuando en red interméstica humanitaria, la periferia pone la contabilidad de las víctimas y el centro pone las grandes interpretaciones.

En un polémico ensayo sobre "Los derechos humanos como idolatría", publicado por primera vez en 2001, Michael Ignatieff nos recuerda cómo, hacia 1959, Isaiah Berlin argumentaba que en la era post-Holocausto la conciencia de la necesidad de la ley moral ya no estaba apuntalada sobre la fe en la razón sino sobre la memoria del horror (2003: 80). En lo que atañe a los derechos humanos propiamente dichos cabe, así mismo, afirmar que en la era post-Holocausto su vieja justificación en términos de derechos natural—racional—fue sustituida por una justificación en la memoria histórica. Como lo muestran autores como Zigmunt Baumann (2000), el hecho que Auschwitz represente un producto de la razón y de la modernidad deslegitimó no sólo la vieja metafísica sino también la razón moderna como instancia de fundamentación de la conciencia humanitaria y de los derechos humanos. 3 Sólo el recuerdo individual y colectivo del horror y la repulsión causada por el mismo fue capaz, a partir de entonces, de fundar la conciencia humanitaria. Así, a juicio de Ignatieff, el humanismo emergente a partir del Holocausto se convirtió en una expresión de lo que Judith Shklar denominó en su momento "poner primero la crueldad" (Shklar, 1984).

Pero contra lo que sugiere Ignatieff con su distinción "pragmática" entre la fundamentación y la función del discurso global de los derechos humanos como expediente para inmunizar a estos últimos contra los desgarramientos divisivos que resultan de las discusiones sobre su sustento religioso o ideológico en un mundo altamente plural, la sustitución del derecho natural por el recuerdo del Holocausto como fundamento de los mismos sí ha impactado de manera profunda su significado y su evolución funcional. Sólo a partir de Nuremberg el discurso de los derechos humanos se transformó en y se fusionó con el derecho penal internacional de manera que la mayor parte de sus estatutos fueron concebidos en la "analogía del holocausto" como dispositivos para proteger la "agencia" individual contra los abusos del Estado y de sus análogos totalitarios y autoritarios como grandes victimarios potenciales.

Y, lo que es igualmente importante, el hecho que el derecho de los derechos humanos haya recibido como tarea prioritaria garantizar, mediante el "deber" de destaparlos, de recordarlos, de castigarlos y de repararlos, la no repetición de crímenes como el Holocausto, ha contribuido a la transformación de la memoria en una de las grandes fuerzas motrices de la lucha contra la inhumanidad. Ahora bien, el precio que se debe pagar por haber elevado la memoria de un evento histórico reciente y particular de inhumanidad agenciada por el Estado a la condición de sustento, pauta y medida de la nueva conciencia humanitaria, es el olvido de que el Estado moderno había sido desde sus comienzos, pero sobre todo a partir del siglo XIX, no sólo el gran violador sino también el supremo garante de la paz y de los derechos humanos. Lo anterior resulta tanto más dramático cuanto las nuevas guerras inter-comunales desatadas luego del colapso de Estados como el yugoslavo han demostrado que la ausencia de Estado puede ser tan dañina como su presencia despótica. En ese sentido, tiene razón Ignatieff cuando asume la defensa del Estado moderno soberano contra aquellos defensores de un discurso globalizado de derechos humanos que no ven en el mismo—por lo menos en cuanto soberano—sino a un engendro del mal (Ignatieff, 2003: 35).

En muchos de aquellos no-lugares electrónicos en los cuales se ponen cita día a día representantes de la nueva sociedad civil globalizada para concertar estrategias y acciones de defensa de los derechos humanos, no es bien visto, por ejemplo, quien afirma que el Estado moderno europeo antecedió en múltiples sentidos a la democracia y al Estado de derecho y que, en consecuencia, siguiendo las lecciones de la historia europea, el objetivo de alcanzar la paz—en sentido negativo, como simple silencio de las armas—puede ser propuesto razonable­mente como un requisito previo a que se ponga en vigencia plena el Estado democrático de derecho. Decir estas cosas se ha vuelto en muchos centros de poder éticamente motivados, "políticamente incorrecto". Para los grandes discursos normativos globalizantes, es legítimo—y casi un deber—tratar de repetir en la periferia los resultados "exitosos" pero no las secuencias históricas, es decir, los caminos de exclusión, de opresión y de sangre, que en los países del centro condujeron a los mismos.

En un sentido análogo, planteamientos como el del inglés Robert Cooper (1997), orientados a mostrar la coexistencia de sistemas pre-modernos, modernos y post-modernos de Estados en el ámbito de las relaciones internacionales de la inmediata post-Guerra Fría, acaso son tolerados por los obispos y sacerdotes de la nueva religión moral en lo que atañe a su uso descriptivo, pero no en algunas de sus implicaciones normativas. Decir, por ejemplo, que Colombia se encuentra de alguna manera y bajo ciertos respectos en la modernidad temprana en lo que atañe al proceso de formación originaria de Estado y que por ello la política de seguridad democrática de la administración Uribe debe ser entendida como una política de afirmación de soberanía interior sólo es aceptable si de ello no se derivan implicaciones normativas en materia de tolerancia hacia la impunidad. Quien desde la periferia y la semi-periferia, pero sobre todo desde las afugias de la guerra intestina, le recuerda a los habitantes moralmente más avanzados de la post-modernidad humanitaria que en Europa y en el centro en general, durante varios siglos, el Leviatán se construyó a sangre y fuego y sin muchos miramientos hacia la gente del común, y señala las dificultades que ello entraña para la construcción sobre huellas coloniales, de un Estado-nación en otras latitudes, tiende a ser estigmatizado como cómplice de los tiranos y de los criminales de guerra que ciertamente abundan en las republicas bananeras, cafetaleras y cocaleras.

Claro que, de otro lado, a pesar de que el Estado-nación es una forma de la organización política que empieza a declinar en vastas regiones del globo, su construcción sigue siendo mirada por los habitantes del centro, pero sobre todo por nosotros mismos, hijos de la semi-periferia, como un destino ineludible. Mientras los viejos Estados europeos ceden aspectos fundamentales de su soberanía a la Unión Europea y en el África, Estados postcoloniales apenas nacientes, colapsan antes de haber llegado a la adolescencia; en Latinoamérica, después de varios siglos de historia de formación del Estado, abandonar la empresa de su construcción aparece—acaso con razón—como descabellado.

Así pues, abolida la sangrienta historia de Europa y de los países del centro—con todos los olvidos fundacionales y mitologizantes que apuntalan sus relatos históricos nacionales—como pauta a seguir, a pesar de ser tenida por la única verdaderamente "exitosa", quienes en la periferia y en la semi-periferia desean construir un Estado moderno desde el abismo presente de la guerra civil, del hambre y de la exclusión, deben hacerlo sobre la base del respeto temprano a los derechos humanos de todas las generaciones y la democracia plena, liberal, pluralista y participativa. Se trata, por decir lo menos, de una experiencia inédita y que por falta de precedentes históricos legítimamente utilizables, vuelve extremadamente difícil el establecimiento de pautas para el diseño de las políticas de la justicia transicional.

  Algunos de los grandes olvidos

Está bien que no nos matriculemos en la aceptación servil de una única y gran línea metafísica de progreso político y moral como la que todavía parece estar sugerida en el modelo de Cooper con su "pre-" y con su "post-", de manera que no tengamos que imitar en forma compulsiva todos los errores de Europa, pero está mal que no podamos rescatar en la periferia y en la semiperiferia algunas distinciones y dilemas que fueron fundamentales en el proceso histórico de construcción de los Estados europeos. Así, por ejemplo, poder afirmar, cuando un país está todavía inmerso en la guerra civil, el primado por lo menos temporal de la paz negativa sobre la paz positiva, de la democracia procedimental y mayoritaria sobre la democracia ético-material, de la paz sobre la justicia y, muy en particular, de la clemencia sobre el castigo, constituyen alternativas estratégicas que deben permanecer disponibles para los pueblos y para sus dirigentes.

Y, lo que es igualmente importante, el nuevo discurso globalizante de los derechos humanos es hegemónico y ha producido ciertamente cosas magníficas, pero no es perfecto. También él es un producto histórico, de manera que encarna los intentos de universalización de una experiencia particular. Representa, en lo fundamental, la institucionalización jurídica, en clave liberal, de la victoria de los aliados en la Segunda Guerra Mundial sobre un Estado y un régimen genocidas y, por ello, está concebido —en parte con razón— para controlar al Estado y sus análogos, los contra-Estados y los para-Estados. Pero se trata, así mismo, de un lente que por ello privilegia las dimensiones verticales sobre las dimensiones horizontales, y las individuales sobre las colectivas, en los procesos de victimización de masas, y que tiene grandes dificultades para representarse en forma adecuada los fenómenos de irregularidad y de barbarie simétricas. Al fin y al cabo, mientras los procesos verticales de victimización implican una fuerte diferenciación entre los roles de la víctima y el victimario, los procesos de victimización horizontal y simétrica implican en cambio su colapso, de manera que es mucho más fácil imputar responsabilidad y castigar en los primeros que en los segundos. A lo dicho se suma que el nuevo derecho humanitario, edificado como está sobre el principio de la distinción, es un lente que mira la guerra como un doble proceso paralelo de victimización vertical y que convierte a los enemigos en análogos del Estado, aliados en la tarea de victimizar población civil. En el marco de la nueva conciencia humanitaria es "políticamente correcto" interpretar conflictos armados como el colombiano a la manera de "guerras contra la población". Ello, de nuevo, ciertamente protege vidas, pero invisibiliza la participación y la responsabilidad de la sociedad en la guerra. Y lo que es igualmente importante, facilita la tarea de los jueces. Obsérvese cómo la representación deformada de los conflictos armados que resulta del privilegio de su demisión vertical es apenas un aspecto de un fenómeno más amplio cual es el del "olvido de la guerra". 4

Y que quede claro, por favor, que lo dicho no encarna una solicitud personal de tolerancia cómplice e incondicional con la barbarie de los poderosos y de los guerreros, pero sí de mayor comprensión y menor arrogancia hacia quienes en una situación de conflicto armado interno acompañado de altas tasas de pobreza y de exclusión tienen que enfrentar, como ciudadanos y como gobernantes y en general como tomadores de decisión, los dilemas terribles de la paz, la democracia y la justicia, de la memoria y el olvido, del perdón y del castigo. Y que no se diga que la posición aquí defendida está fundada en el irrespeto de las víctimas. Está claro que toda política de justicia transicional, para ser "justa" debe recoger el punto de vista y los derechos de las víctimas. Pero éstos no son absolutos. La política de la justicia transicional es una responsabilidad compartida por el conjunto de la sociedad.

 Notas

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