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Parte 1 / 2
Este ensayo constituye un
fragmento del capítulo 6 del libro,
ENTRE EL PERDÓN Y EL PAREDÓN. Preguntas y dilemas de la justicia
Transicional,
editado por Angelika Rettberg y publicado por UNIANDES/IDRC
Resumen
Este
documento ofrece una perspectiva de la importancia del contexto en la
definición de las opciones y mecanismos de la justicia transicional. El
documentos sugiere que—aún en defensa de las víctimas—la "nueva conciencia
humanitaria", promulgada desde los países del centro hacia los países
periféricos, oculta el hecho de que la justicia es una construcción
histórica y no un conjunto de valores que surgen en vacíos políticos. En
consecuencia, el documento hace un llamado a la consideración de las
necesidades particulares de los países en situación de conflicto, donde a
veces es difícil distinguir a víctimas de victimarios, y que exigen
espacio de maniobra en la solución y negociación de sus conflictos, al
igual que alguna vez lo tuvieron aquellos que hoy los enfrentan con un
marco normativo hegemónico y limitado.
Los derechos humanos y el privilegio de la memoria
y el castigo
Desde el punto de vista interno del derecho moderno
globalizado de los derechos humanos y del derecho penal internacional, el
asunto central de la justicia transicional es el de cómo obtener verdad,
justicia y reparación para las víctimas de graves crímenes perpetrados en
el pasado de la guerra y/o del autoritarismo, en contextos de transición a
la paz y/o a la democracia. Desde una perspectiva más amplia de filosofía
y de práctica políticas, se trata del establecimiento de un balance
adecuado entre la memoria y el olvido, entre el castigo y la clemencia,
entre la justicia y la reconciliación. 1
Una observación provocadora sobre los derechos humanos y
el olvido parcial de la memoria histórica
A mi juicio y por las razones que voy a exponer a
continuación, se ha vuelto muy difícil diseñar e implementar políticas
públicas de la memoria y el olvido, del castigo y de la clemencia,
adecuadas a las necesidades específicas de un país como Colombia,
caracterizado por una experiencia prolongada y que aún no termina, de
barbarie más bien horizontal y simétrica. 2
La nueva conciencia humanitaria globalizante de Occidente
surgió después de la Segunda Guerra Mundial y está apuntalada sobre el
deber de recordar y de evitar la repetición de crímenes de masas que
siguen el patrón del Holocausto, un crimen agenciado por el Estado en
condiciones de absoluta asimetría de poder. Pues bien, dicha conciencia
humanitaria está caracterizada por una paradoja. Está edificada sobre una
mistificación de la memoria inmediata, pero carece, ella misma, por lo
menos en la visión de muchos de sus representantes más conspicuos y más
influyentes, de memoria mediata y con ello, de memoria histórica. Estos
reclaman un valor y una vigencia universales y absolutos para su visión y
no admiten aproximaciones diacrónicas, de manera que sus juicios sobre el
pasado, como pasado y como presente, tienden a ser anacrónicos, es decir,
leen y juzgan el pasado con categorías del presente. En materia de moral y
de derecho globalizados, gobierna exclusivamente la última hora de la
historia. La conciencia que rige la vanguardia humanitaria, irradiando
desde el centro hacia la periferia, vive, como Dios, en el puro presente.
Actuando en red interméstica humanitaria, la periferia pone la
contabilidad de las víctimas y el centro pone las grandes
interpretaciones.
En un polémico ensayo sobre "Los derechos humanos como
idolatría", publicado por primera vez en 2001, Michael Ignatieff nos
recuerda cómo, hacia 1959, Isaiah Berlin argumentaba que en la era
post-Holocausto la conciencia de la necesidad de la ley moral ya no estaba
apuntalada sobre la fe en la razón sino sobre la memoria del horror (2003:
80). En lo que atañe a los derechos humanos propiamente dichos cabe, así
mismo, afirmar que en la era post-Holocausto su vieja justificación en
términos de derechos natural—racional—fue sustituida por una justificación
en la memoria histórica. Como lo muestran autores como Zigmunt Baumann
(2000), el hecho que Auschwitz represente un producto de la razón y de la
modernidad deslegitimó no sólo la vieja metafísica sino también la razón
moderna como instancia de fundamentación de la conciencia humanitaria y de
los derechos humanos. 3 Sólo el recuerdo
individual y colectivo del horror y la repulsión causada por el mismo fue
capaz, a partir de entonces, de fundar la conciencia humanitaria. Así, a
juicio de Ignatieff, el humanismo emergente a partir del Holocausto se
convirtió en una expresión de lo que Judith Shklar denominó en su momento
"poner primero la crueldad" (Shklar, 1984).
Pero contra lo que sugiere Ignatieff con su distinción
"pragmática" entre la fundamentación y la función del discurso global de
los derechos humanos como expediente para inmunizar a estos últimos contra
los desgarramientos divisivos que resultan de las discusiones sobre su
sustento religioso o ideológico en un mundo altamente plural, la
sustitución del derecho natural por el recuerdo del Holocausto como
fundamento de los mismos sí ha impactado de manera profunda su significado
y su evolución funcional. Sólo a partir de Nuremberg el discurso de los
derechos humanos se transformó en y se fusionó con el derecho penal
internacional de manera que la mayor parte de sus estatutos fueron
concebidos en la "analogía del holocausto" como dispositivos para proteger
la "agencia" individual contra los abusos del Estado y de sus análogos
totalitarios y autoritarios como grandes victimarios potenciales.
Y, lo que es igualmente importante, el hecho que el
derecho de los derechos humanos haya recibido como tarea prioritaria
garantizar, mediante el "deber" de destaparlos, de recordarlos, de
castigarlos y de repararlos, la no repetición de crímenes como el
Holocausto, ha contribuido a la transformación de la memoria en una de las
grandes fuerzas motrices de la lucha contra la inhumanidad. Ahora bien, el
precio que se debe pagar por haber elevado la memoria de un evento
histórico reciente y particular de inhumanidad agenciada por el Estado a
la condición de sustento, pauta y medida de la nueva conciencia
humanitaria, es el olvido de que el Estado moderno había sido desde sus
comienzos, pero sobre todo a partir del siglo XIX, no sólo el gran
violador sino también el supremo garante de la paz y de los derechos
humanos. Lo anterior resulta tanto más dramático cuanto las nuevas guerras
inter-comunales desatadas luego del colapso de Estados como el yugoslavo
han demostrado que la ausencia de Estado puede ser tan dañina como su
presencia despótica. En ese sentido, tiene razón Ignatieff cuando asume la
defensa del Estado moderno soberano contra aquellos defensores de un
discurso globalizado de derechos humanos que no ven en el mismo—por lo
menos en cuanto soberano—sino a un engendro del mal (Ignatieff, 2003: 35).
En muchos de aquellos no-lugares electrónicos en los
cuales se ponen cita día a día representantes de la nueva sociedad civil
globalizada para concertar estrategias y acciones de defensa de los
derechos humanos, no es bien visto, por ejemplo, quien afirma que el
Estado moderno europeo antecedió en múltiples sentidos a la democracia y
al Estado de derecho y que, en consecuencia, siguiendo las lecciones de la
historia europea, el objetivo de alcanzar la paz—en sentido negativo, como
simple silencio de las armas—puede ser propuesto razonablemente como un
requisito previo a que se ponga en vigencia plena el Estado democrático de
derecho. Decir estas cosas se ha vuelto en muchos centros de poder
éticamente motivados, "políticamente incorrecto". Para los grandes
discursos normativos globalizantes, es legítimo—y casi un deber—tratar de
repetir en la periferia los resultados "exitosos" pero no las secuencias
históricas, es decir, los caminos de exclusión, de opresión y de sangre,
que en los países del centro condujeron a los mismos.
En un sentido análogo, planteamientos como el del inglés
Robert Cooper (1997), orientados a mostrar la coexistencia de sistemas pre-modernos,
modernos y post-modernos de Estados en el ámbito de las relaciones
internacionales de la inmediata post-Guerra Fría, acaso son tolerados por
los obispos y sacerdotes de la nueva religión moral en lo que atañe a su
uso descriptivo, pero no en algunas de sus implicaciones normativas.
Decir, por ejemplo, que Colombia se encuentra de alguna manera y bajo
ciertos respectos en la modernidad temprana en lo que atañe al proceso de
formación originaria de Estado y que por ello la política de seguridad
democrática de la administración Uribe debe ser entendida como una
política de afirmación de soberanía interior sólo es aceptable si de ello
no se derivan implicaciones normativas en materia de tolerancia hacia la
impunidad. Quien desde la periferia y la semi-periferia, pero sobre todo
desde las afugias de la guerra intestina, le recuerda a los habitantes
moralmente más avanzados de la post-modernidad humanitaria que en Europa y
en el centro en general, durante varios siglos, el Leviatán se construyó a
sangre y fuego y sin muchos miramientos hacia la gente del común, y señala
las dificultades que ello entraña para la construcción sobre huellas
coloniales, de un Estado-nación en otras latitudes, tiende a ser
estigmatizado como cómplice de los tiranos y de los criminales de guerra
que ciertamente abundan en las republicas bananeras, cafetaleras y
cocaleras.
Claro que, de otro lado, a pesar de que el Estado-nación
es una forma de la organización política que empieza a declinar en vastas
regiones del globo, su construcción sigue siendo mirada por los habitantes
del centro, pero sobre todo por nosotros mismos, hijos de la semi-periferia,
como un destino ineludible. Mientras los viejos Estados europeos ceden
aspectos fundamentales de su soberanía a la Unión Europea y en el África,
Estados postcoloniales apenas nacientes, colapsan antes de haber llegado a
la adolescencia; en Latinoamérica, después de varios siglos de historia de
formación del Estado, abandonar la empresa de su construcción
aparece—acaso con razón—como descabellado.
Así pues, abolida la sangrienta historia de Europa y de
los países del centro—con todos los olvidos fundacionales y mitologizantes
que apuntalan sus relatos históricos nacionales—como pauta a seguir, a
pesar de ser tenida por la única verdaderamente "exitosa", quienes en la
periferia y en la semi-periferia desean construir un Estado moderno desde
el abismo presente de la guerra civil, del hambre y de la exclusión, deben
hacerlo sobre la base del respeto temprano a los derechos humanos de todas
las generaciones y la democracia plena, liberal, pluralista y
participativa. Se trata, por decir lo menos, de una experiencia inédita y
que por falta de precedentes históricos legítimamente utilizables, vuelve
extremadamente difícil el establecimiento de pautas para el diseño de las
políticas de la justicia transicional.
Algunos de los grandes olvidos
Está bien que no nos matriculemos en la aceptación servil
de una única y gran línea metafísica de progreso político y moral como la
que todavía parece estar sugerida en el modelo de Cooper con su "pre-" y
con su "post-", de manera que no tengamos que imitar en forma compulsiva
todos los errores de Europa, pero está mal que no podamos rescatar en la
periferia y en la semiperiferia algunas distinciones y dilemas que fueron
fundamentales en el proceso histórico de construcción de los Estados
europeos. Así, por ejemplo, poder afirmar, cuando un país está todavía
inmerso en la guerra civil, el primado por lo menos temporal de la paz
negativa sobre la paz positiva, de la democracia procedimental y
mayoritaria sobre la democracia ético-material, de la paz sobre la
justicia y, muy en particular, de la clemencia sobre el castigo,
constituyen alternativas estratégicas que deben permanecer disponibles
para los pueblos y para sus dirigentes.
Y, lo que es igualmente importante, el nuevo discurso
globalizante de los derechos humanos es hegemónico y ha producido
ciertamente cosas magníficas, pero no es perfecto. También él es un
producto histórico, de manera que encarna los intentos de universalización
de una experiencia particular. Representa, en lo fundamental, la
institucionalización jurídica, en clave liberal, de la victoria de los
aliados en la Segunda Guerra Mundial sobre un Estado y un régimen
genocidas y, por ello, está concebido —en parte con razón— para controlar
al Estado y sus análogos, los contra-Estados y los para-Estados. Pero se
trata, así mismo, de un lente que por ello privilegia las dimensiones
verticales sobre las dimensiones horizontales, y las individuales sobre
las colectivas, en los procesos de victimización de masas, y que tiene
grandes dificultades para representarse en forma adecuada los fenómenos de
irregularidad y de barbarie simétricas. Al fin y al cabo, mientras los
procesos verticales de victimización implican una fuerte diferenciación
entre los roles de la víctima y el victimario, los procesos de
victimización horizontal y simétrica implican en cambio su colapso, de
manera que es mucho más fácil imputar responsabilidad y castigar en los
primeros que en los segundos. A lo dicho se suma que el nuevo derecho
humanitario, edificado como está sobre el principio de la distinción, es
un lente que mira la guerra como un doble proceso paralelo de
victimización vertical y que convierte a los enemigos en análogos del
Estado, aliados en la tarea de victimizar población civil. En el marco de
la nueva conciencia humanitaria es "políticamente correcto" interpretar
conflictos armados como el colombiano a la manera de "guerras contra la
población". Ello, de nuevo, ciertamente protege vidas, pero invisibiliza
la participación y la responsabilidad de la sociedad en la guerra. Y lo
que es igualmente importante, facilita la tarea de los jueces. Obsérvese
cómo la representación deformada de los conflictos armados que resulta del
privilegio de su demisión vertical es apenas un aspecto de un fenómeno más
amplio cual es el del "olvido de la guerra". 4
Y que quede claro, por favor, que lo dicho no encarna una
solicitud personal de tolerancia cómplice e incondicional con la barbarie
de los poderosos y de los guerreros, pero sí de mayor comprensión y menor
arrogancia hacia quienes en una situación de conflicto armado interno
acompañado de altas tasas de pobreza y de exclusión tienen que enfrentar,
como ciudadanos y como gobernantes y en general como tomadores de
decisión, los dilemas terribles de la paz, la democracia y la justicia, de
la memoria y el olvido, del perdón y del castigo. Y que no se diga que la
posición aquí defendida está fundada en el irrespeto de las víctimas. Está
claro que toda política de justicia transicional, para ser "justa" debe
recoger el punto de vista y los derechos de las víctimas. Pero éstos no
son absolutos. La política de la justicia transicional es una
responsabilidad compartida por el conjunto de la sociedad.
Notas
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