¿Por qué hablar de derechos humanos?
Los
Derechos Humanos responden a las necesidades de las personas, grupos y
sociedades y garantizarlos promueve el ejercicio de la dignidad.
El concepto de Derechos Humanos es integral, ya que son
interdependientes, es decir que no hay un derecho más importante que otro,
lo que implica que la violación a uno solo de ellos, repercute en
múltiples violaciones, además que la realización de un derecho posibilita
la realización de otros.
El concepto derechos humanos es universal e incluyente, ya
que son necesarios para todas y cada una de las personas, tanto en lo
individual como en lo colectivo, en el marco de la situación histórica,
temporal y cultural que rodea la convivencia de las personas.
Por lo tanto, el modo de realización de los derechos
humanos depende de la situación social, política y cultural de los grupos
humanos que los ejercen, defienden y reivindican.
Reconocemos, pues que la universalidad de los derechos
humanos está dada en tanto los seres humanos somos distintos, es decir,
nadie tiene que renunciar a su identidad, forma de ser o de pensar para
poder ejercer sus derechos.
Además esta noción de derechos humanos se ofrece como
discurso para la acción social, ya que su fuente es popular, alimentada
por distintos sectores de la sociedad (mujeres, indígenas, ecologistas,
trabajadores, etc.) que reivindica la integralidad, la interdependencia,
la colectividad y la equidad.
Los Derechos Humanos son:
- Históricos. Están vinculados profundamente con la realidad
histórica, política y social.
- Inalienables. No es posible cambiar de titular a un derecho,
por lo tanto tampoco es imposible enajenarlos.
- Imprescriptibles. Tienen un carácter permanente, por lo que
no pueden desaparecer o dejar de ser reconocidos por el mero transcurso
del tiempo.
- Universales. Son de todas las personas, sin distinción cual
ninguna.
- Indivisibles. Todos son importantes, ninguno puede separarse
de otro.
- Interdependientes. Todos los derechos humanos están
articulados.
- Dinámicos. Se encuentran en un proceso de constante
evolución, son cambiantes.
- Progresivos. Su tendencia es al avance, de ninguna manera a
la regresión o cancelación, tanto en lo que corresponde al contenido
protegido como a la eficacia y procedimiento para su cumplimiento.
¿Qué son los Derechos
Humanos?
Son todo lo que necesitamos para vivir dignamente, es
decir, todo lo que las personas y colectivos requieren para desarrollarse
plenamente, como una buena alimentación, educación, salud, empleo, un
medio ambiente sano, respeto a la integridad física y psicológica,
libertad de expresión, de religión, de tránsito y muchas cosas más.
Representan además, instrumentos que promueven el respeto a la dignidad
humana, a través de la exigencia de la satisfacción de dichas necesidades.
¿Dónde se encuentran los
Derechos Humanos?
Estos
Derechos deben ser reconocidos y garantizados por el Estado, por ello es
que muchos se encuentran consagrados en normas jurídicas nacionales, como
la Constitución (son las llamadas Garantías Individuales) y las leyes que
derivan de ella.
Además, existen muchos documentos internacionales
(conocidos como instrumentos internacionales) que obligan a los gobiernos
a respetar, garantizar, proteger y promover los derechos humanos de todos
las personas y colectivos. Algunos de los más importantes son: la
Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos Sociales y Culturales y la Convención Americana de Derechos
Humanos.
¿Qué son los DESCA?
Son las siglas de los denominados Derechos Económicos,
Sociales, Culturales y Ambientales, que en términos de la teoría
tradicional aparecen en la segunda generación de los Derechos Humanos,
aunque desde un perspectiva más amplia podemos decir que forman parte
indispensable para la realización de una vida digna. Destacan los Derechos
a la Educación, Vivienda, Salud, Alimentación, Trabajo, Medio Ambiente
Sano, No Discriminación, etc.
Además, por diversas razones, entre las que sobresalen la
falta de desarrollo de contenidos así como la ausencia de mecanismos
eficaces para su exigibilidad y justiciabilidad, se han considerado
erróneamente cuasi Derechos.
¿Cuál es relación entre
la falta administrativa,
el delito y la violación
a Derechos
Humanos?
Aunque los tres conceptos están mutuamente relacionados,
es necesario plantear algunas características básicas, que permitan
diferenciarles.
¿Qué es una falta
administrativa?
Es una conducta que altera el orden público, ciertas
reglas de convivencia o ciertas costumbres de un lugar. Sin embargo, una
falta administrativa no daña de manera grave la propiedad, la salud o la
integridad de las personas.
¿Qué es un delito?
Es una conducta que daña de manera grave la propiedad, las
posesiones o la integridad de las personas o de una comunidad (incluso, en
algunos casos, de la Nación entera). Aunque hay delitos más graves que
otros, en todos ellos hay un daño.
Los delitos se describen en el Código Penal (en los que
existen para cada uno de los Estados). Son responsables de un delito la
persona, o personas, que lo comete, los autores intelectuales (la gente
que lo planea). Se castigan con multa y/o privación de la libertad.
¿Qué es una
violación de los Derechos Humanos?
Hablamos de violación a los derechos humanos cuando los
funcionarios, servidores públicos o autoridades abusan del poder que
tienen, vulnerando o negando los derechos de las personas o, incluso,
cuando amenazan con negarlos, no respetarlos o no hacerlos respetar.
Si el Estado no respeta y garantiza los derechos humanos,
si no sanciona a los responsables de violarlos se convierte en:
- Estado violador de derechos humanos.
- Cómplice de los servidores públicos violadores de los derechos
humanos.
- Atenta de manera grave contra la humanidad.
Debe ser denunciado a la comunidad internacional.
Corresponde a todos, autoridades y ciudadanos cuidar que los derechos
humanos sean respetados, promovidos y difundidos en la sociedad y en cada
familia.
¿Quiénes son las
víctimas de una Violación a Derechos Humanos?
Son las personas directamente afectadas en un hecho.
¿Qué es la cultura de
respeto a los Derechos Humanos?
La definición de Derechos Humanos propuesta, propone y
supone una cultura de respeto a los derechos humanos en la que dicho goce,
ejercicio y exigencia reclama tanto al Estado sobretodo en lo que se
refiere a justicia, entendida como la posibilidad de goce y ejercicio
equitativo de todos los derechos humanos.
Esta noción de cultura implica el trabajo arduo y
participativo de la sociedad en general, buscando el respeto para la
dignidad de todas las personas, promoviendo un mundo más habitable y
armonioso.
¿Cuáles son las
obligaciones del Estado en materia de Derechos Humanos?
1) Respetar:
- El Estado no puede interferir en el disfrute de los Derechos
Humanos.
- El Estado no puede fomentar que otros interfieran en el disfrute de
los Derechos Humanos.
- El Estado debe buscar la satisfacción de los Derechos Humanos de las
personas individuales o colectivas tomando en cuenta su identidad
(cultural, social, sexual, de género, etc.), así como sus necesidades y
deseos.
2) Proteger:
- El Estado debe prevenir que los derechos de la población sean
violados o restringidos por la acción de terceros (por ejemplo
empresarios, trasnacionales, caciques, etc.).
3) Asegurar un mínimo esencial para el disfrute de los
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA):
- El Estado debe asegurar la satisfacción de los niveles esenciales de
cada uno de los derechos, aún en periodos de limitaciones graves de
recursos.
4) Promover:
- El Estado debe elaborar y poner en acción políticas públicas de
corto, mediano y largo plazo encaminadas a garantizar el respeto, la
protección y el aseguramiento del goce de los Derechos Humanos.
5) Establecer y cumplir con los objetivos que demuestren
progreso:
- El Estado debe demostrar que no sólo está garantizando un mínimo,
sino que está caminando hacia el cumplimiento de metas más ambiciosas en
cuanto los Derechos Humanos.
6) Adoptar medidas inmediatas:
- En un plazo razonablemente breve, a partir del momento mismo de
ratificación de los pactos, los Estados deben adoptar medidas
consistentes, en actos concretos y deliberados, orientadas lo más
claramente posible hacia la satisfacción de la totalidad de los Derechos
Humanos.
7) Satisfacer:
- El Estado debe satisfacer de manera plena el disfrute de los
Derechos Humanos.
- El Estado debe adoptar todas las medidas necesarias para garantizar,
a todas las personas y colectivos que se encuentren bajo su
jurisdicción, la oportunidad de satisfacer adecuadamente las necesidades
reconocidas en los instrumentos de Derechos Humanos, que no puedan
alcanzarse mediante el esfuerzo personal.
8) Sancionar los delitos cometidos por servidoras/es
públicos o personas.
9) No discriminación:
- El Estado debe adoptar medidas especiales -incluyendo medidas
legislativas y políticas diferenciales- para las mujeres y en resguardo
de grupos en situación de vulnerabilidad, así como de sectores
históricamente desprotegidos.
- El Estado debe evitar hacer políticas, leyes, programas o acciones
que discriminen cualquier grupo o colectivo.
¿Qué es la
discriminación?
Es toda distinción, exclusión o restricción en cualquier
ámbito y a cualquier persona, grupo o entidad colectiva, que basada en el
origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes,
la condición social o económica, las condiciones de salud, el embarazo y
la función reproductiva, la lengua, la religión, las opiniones, la
orientación sexual, el estado civil, la filiación o militancia política
y/o ideológica, o cualquier otra, tenga por objetivo o resultado impedir,
anular o menoscabar el reconocimiento o el ejercicio de los derechos
humanos en condiciones de igualdad.
Se considera también discriminación el antisemitismo, la
xenofobia, la homofobia, el racismo y el sexismo, así como cualquier
expresión –verbal, escrita o gráfica- que tenga como fin incitar al odio,
menospreciar, estigmatizar o estereotipar.
¿Dónde se refleja la
discriminación?
La discriminación así entendida atraviesa las esferas
social, cultural, política y económica de las sociedades. Se refleja en la
vida cotidiana, en el lenguaje, en los medios de comunicación, en las
acciones u omisiones de los gobiernos, en las relaciones sociales
concretas que entablamos con nuestros vecinos, los adultos mayores,
nuestros niños y niñas, las personas que viven con VIH/SIDA, los
homosexuales y las lesbianas, las mujeres, los/as indígenas, los/as
extranjeros, los/as migrantes, los/as que profesan una religión diferente
de la nuestra, los/as que tienen limitaciones físicas, los/as que nada
tienen.
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