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ISSN 1913-6196

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Expansión de la cobertura del microcrédito para alcanzar las metas de desarrollo del milenio

Desarrollo Humano Sustentable

Muhammad Yunus

Parte 2 /3

La Propuesta BOT del Fideicomiso Grameen

Otro tipo de programa basado en la donación que adoptó el Fideicomiso Grameen fue trasladarse a un determinado país para crear un programa de microcrédito en forma directa, a través de un contrato de transferencia para inicio y operación (Build-Operate-Transfer –BOT). En tales casos el Fideicomiso Grameen envió su propio personal para iniciar y operar un programa de microcrédito en el sitio, por medio del reclutamiento y capacitación de personal local. Encontramos que esta propuesta produjo los más rápidos resultados. El tiempo que transcurre entre la decisión de iniciar un programa y su implementación es mínimo. La probabilidad de éxito es muy alta. Muchos riesgos e incertidumbres pueden ser superados bajo esta fórmula. Este arreglo puede ser elegido por donantes y gobiernos cuando hay duda acerca del éxito del programa. La propuesta BOT puede contribuir a una rápida expansión del microcrédito en áreas donde no existe.

El Fideicomiso Grameen estableció proyectos BOT en Myanmar y en Kosovo. El programa de Myanmar, que ha sido recientemente transferido a una administración local, llegó a 37.000 prestatarios/as en cinco años. El programa de Kosovo se inició hace dos años. Al momento tiene más de 5.000 mujeres miembros. Fue todo un reto para el personal Bangladeshi trasladarse del tropical Bangladesh a construir un programa en una parte de Europa que permanece cubierta de nieve buena parte del año. Este programa apoyó en la reconstrucción de las actividades económicas de las familias damnificadas por la guerra en Kosovo.

La Política de Tasas de Interés para Fondos de Segundo Piso

Las experiencias del PKSF y el Fideicomiso Grameen nos indican claramente que los fondos de segundo piso pueden manejar el dinero de donantes de la mejor forma posible. Pueden desempeñar un rol muy importante para alcanzar la estandarización y la promoción de las mejores prácticas entre los programas de microcrédito y actuar como un pivote para vincular a los programas informales de microcrédito con el sistema financiero global a través de la intermediación financiera.

Para lograr la sostenibilidad a largo plazo de los programas de crédito de ONGs y de los fondos de segundo piso, la política de tasas de interés de estos últimos debe ser cuidadosamente diseñada. Sus tasas de interés deben situarse en cerca de cero para los programas que están comenzando. En el otro extremo, los fondos de segundo piso deben aplicar tasas de interés de mercado a programas ya maduros. En otras palabras, un fondo de segundo piso debería trazar una línea bajo la cual la provisión de recursos debería sujetarse a la tasa de mercado. Deberían haber tasas intermedias para otros programas. La política de tasas de interés no debería ser ni de tasa única para todos, ni de tasas iguales para la misma organización durante todo el tiempo. El objetivo de la política debería ser titular a los programas de microcrédito, dejando de otorgarles préstamos a tasas de interés subsidiadas dentro de un período razonable de tiempo. Si un programa de microcrédito percibe que tiene acceso ilimitado a préstamos subsidiados, nunca tomará la iniciativa de prepararse para operar en el ámbito del mercado.

Servicio de Garantía de Depósitos del Público

Además de proveer recursos, los fondos de segundo piso pueden ofrecer servicios de garantías para préstamos a las organizaciones asociadas, en caso de que quieran acceder a préstamos de bancos y otras fuentes. El servicio más importante, sin embargo, sería proveer garantía para los depósitos captados del público por una organización asociada. Un fondo de segundo piso puede persuadir al Banco Central a permitir a las organizaciones asociadas captar depósitos del público hasta un límite (por ejemplo que no exceda del 50% de la cartera vigente), otorgándoles garantía para ello. Esto abriría una nueva fuente de provisión de recursos para las organizaciones asociadas. Los fondos de segundo piso se verían libres de la constante presión de conseguir más dinero para alimentar a las organizaciones asociadas.

Introducir un programa de garantía de depósitos para cubrir los depósitos en programas de crédito manejados por ONGs puede ser otra solución. Una ONG puede ser autorizada para captar depósitos del público, siempre que estén 100 por ciento cubiertos por el programa de garantías. Los fondos de segundo piso pueden organizar tal programa en colaboración con el Banco Central, compañías de seguro o agencias gubernamentales.

La responsabilidad más importante de los fondos de segundo piso debería ser, en mi opinión, apoyar a las organizaciones asociadas a convertirse en organizaciones formales de microcrédito dentro de un nuevo marco legal. Los fondos de segundo piso pueden jugar el papel de intermediarios, supervisando el proceso de transición de ONGs a instituciones financieras formales.

Marco Legal para graduar a Instituciones Informales en Instituciones Formales

La ausencia de un marco legal para programas de microcrédito es un gran obstáculo para su expansión.

Las instituciones de microcrédito operan en una variedad de estructuras institucionales –programas de investigación (China), ONGs, corporaciones, corporaciones financieras no bancarias, bancos, compañías financieras y así, por el estilo. Dado que no existe un lugar de nacimiento en el ámbito legal donde puedan encajar los programas de microcrédito, éstos adoptan hogares poco confortables con tal de tener una cobertura legal. Si bien esto resuelve el problema inmediato de la cobertura legal, conduce al problema de ser un huésped en un "hogar" adoptado. Muchos programas que han alcanzado la escala para y desean convertirse en instituciones financieras, temen hacerlo a causa de algunos problemas, como el capital mínimo requerido y el requisito más terrorífico que es exigir garantías por sus préstamos.

Atrapados en una Extraña Situación

Los programas de microcrédito están atrapados en una extraña situación. Se les culpa por ser dependientes de las donaciones. Se anota que no pueden expandirse porque no tienen capacidad de absorción. Pero, en realidad, la mayoría de los programas ni son dependientes de las donaciones, ni tienen por qué serlo si se les permitiera recibir depósitos del público. Pero las leyes no les permiten hacerlo, porque no son instituciones financieras. Si pudieran recibir depósitos, serían totalmente independientes del dinero de los donantes y podrían expandir sus programas con el dinero que ellos mismos movilicen. Algunos de los socios del Fideicomiso Grameen se han transformado en bancos (CARD, Nirham), pero otros todavía luchan con el tema de la identidad legal y operan en la zona gris de la ley.

Crear un espacio legal para los programas de microcrédito es esencial para permitirles crecer sin obstáculos.

Una vez que un programa de microcrédito está legalmente autorizado para aceptar depósitos públicos, puede resolver inmediatamente el problema de ubicar fuentes de fondos para expandirse. En el Banco Grameen vemos esta situación muy claramente. Recientemente hemos introducido un nuevo sistema para la apertura de sucursales. Una sucursal nueva, al momento, comienza recibiendo depósitos del público, en lugar de comenzar ubicando grupos de prestatarios –que era el sistema tradicional para abrir una sucursal nueva del Banco Grameen. Una sucursal nueva busca prestatarios/as solamente cuando ha movilizado los fondos suficientes para poder conducir sus actividades de préstamo dependiendo totalmente de sus propios depósitos. Se les aclara muy bien que tienen que encontrar sus fondos localmente, pues nunca recibirán fondos de préstamo de la matriz. Esto está funcionando muy bien.

En algunos países, como las Filipinas, Paquistán, Nepal, Uganda, México y Venezuela se han creado leyes para el microcrédito. Estas leyes pueden servir como ejemplos para crear leyes en otros países. Sería útil diseñar el marco general de una ley para establecer bancos de microcrédito, cuyos principales elementos puedan aplicarse o adaptarse en cada país.

El microcrédito ha recorrido un largo camino. Las ONGs líderes en la operación de programas de microcrédito han alcanzado una etapa de desarrollo en que deben considerar seriamente los pros y los contras de convertirse en instituciones financieras formales, si existen leyes adecuadas para ello. El Banco Grameen se convirtió en un banco formal en 1983, por efectos de una ley especial aprobada por el parlamento. En muchas ocasiones he argumentado la necesidad de generalizar la ley del Banco Grameen para permitir a las ONGs en Bangladesh crear bancos formales, amparadas en esta ley general. Ha llegado el momento de considerar este asunto muy seriamente.

Paquistán ha aprobado una ley para crear Bancos de Microfinanzas (BMF). El primer banco de microfinanzas ya ha sido creado gracias a esta ley. Este debería ser un buen caso de estudio, como antecedente para esbozar una nueva legislación para crear BMFs.

Algunas cuestiones para consideración de quienes diseñan las leyes

A continuación algunas consideraciones que deberían ser tomadas en cuenta al momento de plantear una ley para la creación de bancos de microfinanzas:

  1. La consideración más importante es que la ley debería ser diseñada de tal manera que resulte atractivo para las ONGs convertirse en instituciones financieras formales.

  2. La segunda consideración importante es que el cuerpo regulatorio debería ser, además, creado simultáneamente, tanto para dar seguimiento a las operaciones de los bancos de microfinanzas, como para facilitar sus actividades. El cuerpo regulatorio microfinanciero debería ser independiente del Banco Central, pero contar con su participación. Puede ser creado en la forma de una "Comisión Microfinanciera". Al menos uno de los miembros de la comisión debería tener experiencia en organizaciones microfinancieras de base, mientras otro de sus miembros debería pertenecer al Banco Central. El/la Presidente/a de la comisión jugará el rol más importante en la creación del entorno regulatorio formal para las microfinanzas. Ella o él deben ser cuidadosamente elegidos, de modo de no inspirar temor a las ONGs de entrar en el mundo formal y más bien alentarlas a hacerlo.

  3. La ley debe permitir la creación de bancos microfinancieros con varias opciones en términos de áreas operativas y niveles de servicios. La ley debe brindar opciones para varios niveles de áreas operativas para los bancos de microfinanzas. Estos niveles pueden ser definidos por áreas geográficas, como, subdistritos, distritos, provincias, etc. Considero que definirlos por áreas geográficas no sólo sería administrativamente conveniente, sino también significativo en términos de conseguir que un banco microfinanciero focalice sus servicios en una determinada área, pues el orgullo local apoyará el éxito de la institución, la competencia entre áreas puede también ayudar a mejorar la eficiencia de los bancos.

     Se pueden considerar cuatro tipos de licencias para la creación de bancos microfinancieros:

    Tipo A: Operaciones permitidas solamente al nivel administrativo más bajo, como subdistrito, "upajela", barrio, "thana", etc.

    Tipo B: Operaciones permitidas solamente dentro de un distrito o condado.

    Tipo C: Operaciones permitidas dentro de una provincia, estado o división, según sea el caso.

    Tipo D: Operaciones permitidas en el ámbito nacional.

    El costo de las licencias debería ser mínimo y los requerimientos más fáciles para los bancos tipo A. El costo debería ser más alto y los requerimientos más estrictos, a medida que los bancos tengan cobertura geográfica más amplia. En Bangladesh, por ejemplo, un banco microfinanciero puede ser establecido con un capital pagado nominal de, digamos, 250.000 takas (US$ 4.300), con una licencia tipo A. Para una licencia nacional, puede fijarse en alrededor de 5 millones de takas (US$ 86.000).

    Las licencias pueden otorgarse después de un período de seguimiento largo y estricto de la calidad de las operaciones de una ONG. Una ONG puede solicitar una licencia para convertirse en un banco microfinanciero de cualquier nivel de cobertura geográfica. Después de la verificación preliminar de la solicitud, una ONG puede ser calificada para obtener una licencia. Entonces puede iniciarse un proceso de consulta y orientación mutuas de un año. Si la comisión reguladora encuentra todo a satisfacción, puede conceder una licencia, una vez que se haya completado ese período.

  4. El costo de la licencia debe variar de acuerdo a la estructura de propiedad del banco microfinanciero. Si más del 50% de la propiedad está en poder de los/as prestatarios/as pobres, el costo de la licencia debería ser el más bajo. El costo inmediatamente superior se debería aplicar a los bancos de microfinanzas que se creen como compañías sin fines de lucro. Un banco de microfinanzas con fines de lucro puede ser de propiedad parcial o total de una organización sin fines de lucro. Los/as prestatarios/as pueden tener la propiedad del banco, conjuntamente con la ONG.
  5. Los bancos de microfinanzas pueden ser autorizados para recibir depósitos del público. Pero debe haber un límite, por ejemplo, el saldo de los depósitos del público no debe exceder el monto total de los préstamos vigentes en un determinado período.

  6. Los bancos microfinancieros nacionales pueden ser autorizados a otorgar préstamos agrícolas, préstamos rurales SME y otros, pero los préstamos a beneficiarios de microcrédito deben constituir más de la mitad de la cartera total.

  7. Se pueden crear bancos microfinancieros desde el inicio, sin haber tenido ninguna experiencia en microcrédito. En tales casos, se puede otorgar una licencia provisional, para el ámbito subdistrital por un año o dos. Esta puede ser confirmada y elevada a otra categoría luego de constatar su desempeño. No se deben otorgar licencias directas para un banco microfinanciero de alto nivel desde el inicio.

Si se crea un marco legal del tipo descrito, estoy seguro que las ONGs avanzarán y se arriesgarán en aguas legales, transformando algunas de sus sucursales en bancos de microfinanzas.

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