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ISSN 1913-6196

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 UNA GUÍA PARA LA ACCIÓN

Por Dante Vera Miller     

Los informes alternativos ante
el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas

Premio del Concurso Mejores Prácticas de desarrollo sustentable en América Latina y el Caribe

CAPÍTULO II

Las ONG en el Examen de los Informes de los Estados Parte ante el Comité

Las ONG pueden participar en el proceso de examen de los Informes de los Estados Parte, desde el momento en que éstos hayan ratificado el Pacto. Se invita a las ONG nacionales interesadas en cooperar con el Comité, a ponerse en comunicación con la Secretaría una vez que el Pacto haya entrado en vigor para su país. Esto ayudará más tarde a la Secretaría cuando desee solicitar información a las ONG nacionales en relación con el informe de un Estado Parte. Mientras el Estado Parte debe comparecer ante el Comité y tardan las traducciones del informe, la Secretaría del Comité establece una lista de las organizaciones no gubernamentales nacionales que trabajan en la esfera de los derechos económicos, sociales y culturales y se dirige a ellas por escrito para pedirles información sobre la aplicación del Pacto en el país que se trata. Junto con la carta a las ONG se envían los documentos pertinentes (el documento básico, el informe del Estado Parte, la lista de cuestiones, las directrices revisadas y las directrices para la participación de organizaciones no gubernamentales).

Desde la presentación del informe de un Estado Parte, hasta su examen por el Comité, las organizaciones no gubernamentales pueden presentar cualquier tipo de información a la Secretaría del Comité (recortes de prensa, boletines de ONG, cintas de vídeo, informes, publicaciones académicas, estudios, declaraciones conjuntas, etc.). Esta información se incorporará al expediente del país establecido, el cual es mantenido por la Secretaría. Los expedientes contienen información obtenida por la Secretaría de todas las fuentes disponibles (órganos de las Naciones Unidas, organismos especializados, los medios de información, instituciones regionales, publicaciones académicas, la comunidad de ONG y otras). Basándose en la información de cada expediente nacional, la Secretaría prepara para el Comité una descripción del país, dicho documento de trabajo tiene por objeto ahondar en la situación del Estado que se ha de examinar, a fin de completar la información presentada por el Estado Parte en su informe.

Recordemos que es importante que toda la información presentada al Comité guarde relación específicamente con el Pacto, es decir, sea pertinente a los asuntos examinados por el Comité o su grupo de trabajo anterior al período de sesiones, se base en fuentes documentales y esté debidamente referenciada, sea breve y sucinta, sea fidedigna y no ofensiva.

Las ONG pueden presentar información en relación con uno, algunos o todos los artículos del Pacto, en cuyo caso será útil que se atengan a las Directrices revisadas relativas a la forma y el contenido de los informes que han de presentar los Estados Parte de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Aplicando esas directrices, podrán preparar un informe paralelo cuya estructura se asemeje a la del informe oficial, facilitando así, el examen comparado por los miembros del Comité.

Se recomienda que las ONG nacionales colaboren, coordinen y consulten entre sí, al presentar información al Comité. Cuando sea posible valdrá la pena presentar un solo informe unificado que represente el consenso general de varias ONG. Podrían acompañarlo exposiciones más breves, específicas y pormenorizadas de distintas ONG sobre sus propias esferas de prioridad. Este tipo de coordinación ayudará a la Secretaría y a los miembros del Comité a obtener un cuadro más claro de la situación de aplicación del Pacto en un Estado Parte determinado y, lo que es más importante, con las exposiciones conjuntas se elimina también la posibilidad de duplicidad y de contradicciones en la información presentada por las ONG. Lo primero, es causa de ineficiencia y aumenta la carga de trabajo para los miembros del Comité, y lo último puede minar la fiabilidad de la información presentada por las ONG. Tanto la información duplicada como la contradictoria pueden debilitar la posición y los argumentos de las ONG. Por otra parte, la coherencia y la precisión, así como una coordinación que quede demostrada, realzan el profesionalismo de las exposiciones, aumentan la credibilidad de las ONG y son conducentes a los resultados esperados.

Las ONG que deseen participar en los períodos de sesiones del Comité, las reuniones del grupo de trabajo anterior al período de sesiones o en las exposiciones de ONG ante el Comité, deben solicitar de antemano acreditación de la Secretaría. Las delegaciones pueden obtener tarjetas de identidad, que serán válidas mientras dure el período de sesiones, en la Sección de Seguridad de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra (ONUG) en la Villa "Les Feuillantines", 13, Avenue de la Paix, Ginebra, de lunes a viernes entre 8.00 y 14.30 horas, presentando una carta de acreditación y un documento de identidad. Las ONG que deseen intervenir deben indicar también si necesitan equipo audiovisual, ello ayudará a la Secretaría a planificar las actividades correspondientes y asegurarse de que todos los participantes dispongan del tiempo y el equipo necesarios para sus intervenciones. El tiempo medio que se le asigna a cada ONG para su intervención es de 15 minutos, pero varía en función del número de ONG que deseen intervenir.

Los idiomas de trabajo del Comité son: español, francés, inglés y ruso. Un documento que se presente en inglés tendrá la difusión más amplia. Sin embargo, si lo permiten sus recursos financieros, es útil que las ONG presenten al menos un resumen de la información en los idiomas de trabajo del Comité, que no sea el de presentación del documento.

Antes y en el curso del período de sesiones, la Secretaría hace llegar al gobierno interesado una copia de toda la información presentada por escrito al Comité por las ONG, por conducto de la Misión Permanente del país ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.

Participación de las organizaciones no gubernamentales en la labor del grupo de trabajo anterior al período de sesiones

Las organizaciones no gubernamentales nacionales o internacionales, tienen la posibilidad de contribuir a la labor del grupo de trabajo anterior al período de sesiones. De tal manera que la lista de cuestiones o preguntas que se preparen en este grupo dirigidas al Estado Parte también contengan información recibida por el Comité de las organizaciones no gubernamentales. Las posibilidades de participar en el período presesional son, presentando información a los relatores para los países y, de forma escrita y verbal, al grupo de trabajo anterior al período de sesiones.

Las organizaciones no gubernamentales pueden presentar información pertinente sobre un determinado país directamente al relator encargado de redactar la lista de cuestiones. En este caso, las ONG deben pedir a la Secretaría o consultar en el sitio Web de la Oficina del Alto Comisionado, la lista de los informes de los Estados Parte que el Comité ha de examinar en sus siguientes períodos de sesiones.

Por consiguiente, una organización no gubernamental que desee presentar información sobre un Estado Parte directamente al relator encargado de redactar la lista de cuestiones, debe solicitar a la Secretaría el nombre y la dirección del relator para el país correspondiente. Se recomienda que también se envíe copia a la Secretaría, de cualquier documento que se presente al relator encargado del país para que la distribuya a los demás miembros del grupo de trabajo en su reunión.

Las organizaciones no gubernamentales también pueden presentar información por escrito al grupo de trabajo, directamente al miembro del Comité encargado de redactar la lista de cuestiones, por conducto de la Secretaría. Esta información debe incluirse en un informe en el que se examine la aplicación del Pacto en el Estado Parte, tomando como base sus distintos artículos. Es particularmente útil que al final de cada sección se formulen preguntas concretas para que el grupo de trabajo considere la posibilidad de incorporarlas en la lista de cuestiones relacionadas con el Estado Parte de que se trate. Deben entregarse a la Secretaría diez ejemplares del informe (y un resumen) antes de la reunión del grupo de trabajo anterior al período de sesiones para que se distribuyan entre sus miembros.

También se invita a las organizaciones no gubernamentales a hacer una declaración verbal en la primera sesión del grupo de trabajo anterior al período de sesiones, que normalmente se celebra un lunes de 10.30 a 13.00 horas. En su declaración deben referirse concretamente a los artículos del Pacto, concentrarse en las cuestiones más apremiantes desde su propio punto de vista y sugerir preguntas concretas al grupo de trabajo para que las incorpore en la lista de cuestiones relacionada con el Estado Parte de que se trate.

Participación de las organizaciones no gubernamentales en el período de sesiones del Comité

Las organizaciones no gubernamentales pueden participar en el período de sesiones del Comité, presentando a la Secretaría información en una exposición o declaración por escrito; un contrainforme, informe paralelo o alternativo; o información verbal en el marco de las exposiciones de las ONG ante el Comité; observando el diálogo del Comité con la delegación del Estado Parte; pudiendo también influir en la redacción de las observaciones finales.

En el caso de una exposición por escrito, las organizaciones no gubernamentales reconocidas como entidades de carácter consultivo general o especial por el Consejo Económico y Social o incluidas en la Lista 22, pueden presentar una exposición por escrito al Comité en el período de sesiones en que se vaya a examinar un informe.

Una organización no gubernamental no reconocida como entidad consultiva por el Consejo, puede presentar una declaración por escrito siempre que sea patrocinada por una organización reconocida como entidad consultiva. La declaración no debe tener más de 2.000 palabras en el caso de una organización no gubernamental de carácter consultivo general, ni más de 1.500 palabras en el caso de una organización no gubernamental de carácter consultivo especial o incluida en la Lista y debe estar escrita a doble espacio. Se traducirá a todos los idiomas de trabajo del Comité y se distribuirá como documento de las Naciones Unidas, si la Secretaría del Comité la recibe a más tardar tres meses antes del período de sesiones a que esté destinada.

Para el período de sesiones en que se tenga previsto examinar el informe de un determinado Estado Parte, las organizaciones no gubernamentales pueden presentar información escrita mediante un informe paralelo (alternativo o contrainforme) que contenga una interpretación suplementaria o distinta, o bien una segunda opinión, sobre la situación del ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales proclamados en el Pacto en ese país. Las organizaciones no gubernamentales deben entregar 25 ejemplares de su informe y un resumen a la Secretaría una semana antes del período de sesiones, para que sean distribuidos a los miembros del Comité: uno para cada miembro (18), tres para la Secretaría y cuatro para los intérpretes.

En su informe sobre los períodos de sesiones octavo y noveno (1993), el Comité incorpora a sus sesiones la participación oral de las organizaciones no gubernamentales. Éstas contarán desde entonces con un espacio para hacer oír sus preocupaciones, que tiene lugar el primer día de cada período de sesiones en que se presentan informes, de 15.00 a 18.00 horas. La duración promedio de las intervenciones de organizaciones no gubernamentales es de 15 minutos.

En las intervenciones orales el Comité invita a las ONG a dar su opinión sobre el informe del Estado; indicar si hubo algún tipo de consulta o cooperación entre el gobierno y las organizaciones no gubernamentales durante la preparación del informe; examinar los principales puntos críticos del informe paralelo; señalar las tendencias imperantes en relación con los derechos económicos, sociales y culturales en el país; presentar cualquier información nueva que se haya obtenido desde la presentación del informe escrito de la organización no gubernamental; proponer soluciones a los problemas con que tropiece la aplicación del Pacto; informar de cualquier ejemplo positivo de solución de problemas por parte del gobierno en la aplicación del Pacto.

Se informa a los Estados Parte interesados en las exposiciones de las organizaciones no gubernamentales y se los invita a asistir a ellas como observadores. Los Estados Parte tendrán la posibilidad de formular sus observaciones sobre las intervenciones de las organizaciones no gubernamentales durante el examen de su informe por el Comité.

De igual manera las ONG pueden participar como observadores en el examen de los informes de los Estados Parte mientras el Comité entabla un diálogo con la delegación del gobierno. Los miembros del Comité hacen preguntas sobre la aplicación del Pacto en el país basándose en el informe del Estado Parte, el informe, el documento básico, las respuestas dadas por el Estado Parte a la lista de cuestiones y cualquier información adicional presentada al Comité. Durante el diálogo entre la delegación del Estado Parte y el Comité las organizaciones no gubernamentales no tienen derecho a intervenir.

Participación de las organizaciones no gubernamentales en el seguimiento dado por el Comité al examen de los informes de los Estados Parte

La función de las organizaciones no gubernamentales es decisiva después de que el Comité emite sus observaciones finales. Las organizaciones no gubernamentales pueden aportar su contribución facilitando al Comité informes sobre las medidas adoptadas por el gobierno en respuesta a las recomendaciones de las observaciones finales. También pueden dar publicidad a las observaciones finales a nivel local y nacional, y vigilar la actuación del gobierno con respecto a las recomendaciones del Comité. Los informes de las organizaciones no gubernamentales sobre su labor de vigilancia local y de sensibilización contribuirán a hacer más eficiente la labor de seguimiento del Comité al mantenerlo informado de lo que suceda en el país tras su examen del informe del Estado Parte.

Participación de las organizaciones no gubernamentales en el examen por el Comité de la situación de aplicación del Pacto en los Estados que no presentan informes

En caso que el Comité decida llevar el Examen en ausencia del Informe del Estado Parte, la información proporcionada por las organizaciones no gubernamentales resulta particularmente útil para el Comité en vista de la falta de material procedente del Estado Parte. Por consiguiente, se acoge con gran interés cualquier información pertinente, y el medio más útil de intervención consiste en presentar un informe en que se examine la aplicación de cada uno de los artículos del Pacto en el Estado Parte. Además, se recomienda encarecidamente la participación en las exposiciones de organizaciones no gubernamentales ante el Comité y la presentación verbal de información sobre la situación en el país que sea objeto de examen. La información relativa al examen programado por el Comité de la situación de aplicación del Pacto en los Estados cuyos informes están muy atrasados o en los Estados que no presentan informes puede consultarse en la página Web del Alto Comisionado: (http://www.unhchr.ch/spanish/html/hchr/hchrbio_sp.htm) o pedírsela a la Secretaría.

Participación de las Organizaciones no Gubernamentales en el día de debate general del Comité

En cada período de sesiones, el Comité dedica un día - normalmente el lunes de la tercera semana del período de sesiones -, a un debate general sobre un derecho concreto o un aspecto específico del Pacto. El objetivo es doble : ayudar al Comité a ahondar en los asuntos pertinentes y permitirle alentar a todas las partes interesadas a que aporten sus contribuciones a su labor.

Las organizaciones no gubernamentales especializadas en el tema que deba abordar el Comité durante su día de debate general pueden participar de dos maneras. En primer lugar, pueden facilitar al Comité un documento de antecedentes, que debe presentarse a la Secretaría a más tardar tres meses antes del período de sesiones en que esté programado el día de debate general. Ese documento, que no debe tener más de 15 páginas a doble espacio, será traducido a todos los idiomas de trabajo del Comité y publicado como documento de las Naciones Unidas. En segundo lugar, las organizaciones no gubernamentales especializadas pueden enviar a sus expertos a participar en el día de debate general. La información sobre los temas de los futuros días de debate general puede obtenerse de la Secretaría.

Participación de las Organizaciones no Gubernamentales en las actividades del Comité relacionadas con la redacción y adopción de sus Observaciones Generales

En las fases de redacción y examen de una observación general, las ONG especializadas pueden dirigirse al Comité por escrito. Durante los debates, las ONG pueden hacer breves intervenciones sobre puntos concretos del proyecto de observación general. Es preferible que las recomendaciones sobre el texto de un proyecto de observación general también se presenten por escrito (y en disquete electrónico) para facilitar su eventual incorporación en el documento.


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