Una publicación de CDF     | Enlaces | Comentarios | Contacto | Búsqueda |

ISSN 1913-6196

Inicio Temas Autores Reseñas Libros Recursos digitales
Ediciones Documentos Multimedia Lectores opinan Entrevistas Nosotros
Año 2008 Vol. VI
Futuros 21
 Futuros 20
Año 2007 Vol. V
 Futuros 19
 Futuros 18
 Futuros 17
Año 2006 Vol . IV
 Futuros 16
 Futuros 15
 Futuros 14
 Futuros 13

Año 2005 Vol.  III

 Futuros 12
 Futuros 11
 Futuros 10
 Futuros 9
Año 2004 Vol. II
 Futuros 8
 Futuros 7
 Futuros 6
 Futuros 5
Año 2006 Vol.  I
 Futuros 4
 Futuros 3
 Futuros 2
 Futuros 1
 
Más leídos

1. ¿Qué entender por sostenibilidad?

2. ¿Qué son los conflictos?

3.Democracia real, democracia formal. ¿Existe la democracia?

4. Energías renovables: ventajas y desventajas de la energía eólica

5. ¿Cómo evitar el suicidio en adolescentes?

6. El emprendedor y las pequeñas empresas

7. Sociedad política y sociedad civil: ¿nuevos modelos de democracia?

8. ¿Qué impacto puede tener la ética?

9. Comunicación para la equidad de géneros: el poder de la palabra

10. Mediación dirigida por los individuos

 

  Ley de Transparencia de Panamá

Por Saúl Maloul y Angélica Maytín Justiniano   

Parte 2 /2

IV. Implementación

Desde la creación de TI-Panamá en 1996, uno de los objetivos era dotar al país de una Ley de Acceso Público a la Información. En 1997, el Capítulo intentó crear una oficina atendida por voluntarios entrenados por nuestra institución para recibir denuncias por violación al Derecho de Petición que consagra nuestra Constitución Nacional, pero nuestros esfuerzos resultaron infructuosos al no encontrar respaldo por parte de las autoridades.

En el año 2000, bajo la Presidencia de Fernando Berguido de TI-Panamá, se retomó este tema y un miembro del equipo ejecutivo del Capítulo preparó un primer borrador de anteproyecto que fue discutido con todos los miembros del Consejo Asesor y distintas asociaciones gremiales, a las que se envió copia del documento para recibir sus observaciones.

El criterio para elegir estas organizaciones fue el de representatividad y su relación con el tema. Se invitó a opinar, entre otros, al Sindicato de Periodistas, el Colegio de Abogados, la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura.

El hecho de que el Presidente de la Fundación dentro de la cual TI-Panamá es un programa ocupara el cargo de asesor presidencial Ad Honorem (Roberto Eisenmann) fue una ventaja, ya que permitió durante los primeros meses de 2001 iniciar la fase de consultas con el Ejecutivo.

De esta forma, se realizaron reuniones entre el Presidente de TI-Panamá, un Asesor de la Presidenta además del Viceministro de la Presidencia. Luego de estas reuniones se obtuvo un anteproyecto consensuado. Vale la pena señalar que el Sr. Eisenmann renunció a su cargo de asesor presidencial antes que TI-Panamá lograra la aprobación de esta Ley.

TI-Panamá esperó a que el Gobierno presentara a la Asamblea este anteproyecto hasta el mes de Agosto de 2001. Al no obtener ninguna reacción, recurrimos al Órgano Legislativo, quien a través de la figura de su Presidente, Rubén Arosemena, presentó ante el pleno el 4 de Septiembre el anteproyecto de ley del Capítulo. Éste posteriormente fue complementado con aportes de gremios como la Asociación de Ejecutivos de Empresa (APEDE), la Defensoría del Pueblo, el Colegio Nacional de Abogados y otras organizaciones.

Paralelo a este trabajo de cabildeo, TI-Panamá contrató a una empresa productora de comerciales para que diseñara una campaña en radio y televisión con el fin de generar mayor conciencia entre los ciudadanos sobre el tema del daño que la corrupción provoca a nuestra sociedad. Este gasto fue cubierto con la donación recibida de TILAC compuesta por US$10,000 provenientes de la Fundación Ford. Cuatro canales de televisión transmitieron anuncios del Capítulo, al igual que cerca de diez emisoras de radio. TI-Panamá aparecía en los noticieros todos los días para enfatizar la necesidad de esta Ley y los diarios nos dedicaban sus primeras planas.

El 12 de Diciembre de 2001 se aprobó en tercer debate este anteproyecto de ley que fue promulgado por la Señora Presidenta de la República el 22 de Enero de 2002 constituyéndose en la Ley Nº 6 "Que dicta Normas para la Transparencia en la Gestión Pública, establece la Acción de Habeas Data y otras disposiciones".

Está Ley ha sido calificada por expertos en materia de combate a la corrupción como la más moderna de la región. La Ley de Transparencia (Ley No. 6 de 22 de Enero de 2002) tiene como elementos básicos:

  1. la obligación del Estado de suministrar información de carácter público;

  2. la obligación del Estado de sistematizar y de dar publicidad a determinado tipo de información, sin necesidad de requerimiento previo;

  3. la regulación de la relación entre el derecho a la intimidad de los ciudadanos y de los funcionarios públicos vs. la obligación del Estado de suministrar información de cáracter público;

  4. la delimitación de la información de carácter confidencial y la información de acceso restringido; e) el regular el recurso de habeas data, mediante el cual el ciudadano puede hacer efectivo el derecho de acceso a la información de carácter público que consagra la Ley.

Hay que entender que la promulgación de la Ley por parte del Órgano Ejecutivo, obedeció más bien a un esfuerzo por hacerle frente a los escándalos de corrupción a los que hemos hecho alusión, más que a la voluntad política de cumplir con su contenido. Por lo tanto, y desde la adopción de la Ley, la actitud de la mayoría de las autoridades gubernamentales no ha sido la de cumplir con la misma, sino la de imponer la mayor cantidad de obstáculos posibles para que el ciudadano no tenga acceso a información de carácter público.

Así es como el Ministerio de Gobierno y Justicia a través del Decreto Ejecutivo 124 de 2002 reglamentó la Ley 6 contradiciendo su texto, y es por ello que TI-Panamá y todas las que componen el Movimiento Ciudadano Anticorrupción se han manifestado en contra de la reglamentación a través de escritos en la prensa local y de acciones legales con el fin de obtener la derogación de este Decreto Ejecutivo que entorpece el libre acceso a la información.

Vale la pena destacar que tanto el escándalo de finales de 2001 (ver apartado Contexto Nacional), como la promoción, adopción y debate de todo lo relacionado con la Ley en los medios de comunicación, ha generado una conciencia no antes conocida en Panamá, respecto de la necesidad de transparencia en la gestión pública en general, y en particular, respecto de los instrumentos legales necesarios que la garanticen, como parte del fortalecimiento de nuestro Estado de Derecho.

V. Resultados

Que la República de Panamá contara con una Ley de Transparencia tan completa como la que nos rige hoy día, era impensable a mediados de 2001. Esto de por sí constituye en un hito en la legislación panameña.

Los medios de comunicación se han constituido en unos grandes aliados al momento de hacer de la corrupción y la necesidad de combatirla un tema de agenda nacional, que a diferencia de otros temas, se mantiene, a pesar del transcurso del tiempo. Diariamente, los periodistas se acercaban a nuestra oficina para obtener declaraciones sobre los casos de corrupción que eran hechos públicos a través de la prensa. Nuestra postura siempre fue reiterar que, con una Ley que permitiera el acceso público a la información, se podría fiscalizar mejor la función pública y evitaríamos más escándalos.

La crisis que desataron los escándalos de corrupción en Enero de 2002 impulsó la creación del Movimiento Ciudadano Anticorrupción, organización conformada por 8 agrupaciones, entre ellas los clubes cívicos, APEDE, la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Justicia y Paz y TI-Panamá. Todas han defendido la aplicación de la Ley de Transparencia, entre otras acciones encaminadas a combatir la corrupción. Se debe seguir haciendo opinión pública para lograr la modificación sustantiva y/o la derogatoria del Reglamento que desarrolló la Ley de Transparencia.

Mientras tanto, debemos seguir reforzando la independencia del Órgano Judicial, exhortando a la Corte Suprema de Justicia a que falle los habeas data, apegándose al texto de la Ley y prefiriendo el texto y el espíritu de ésta por encima del Reglamento.

La Ley de Transparencia ha encontrado un enorme eco en todos los sectores nacionales.

La otra cara de esta misma moneda es el precio político que está pagando el gobierno, por no hacer de la lucha contra la corrupción una de las prioridades de esta administración.

VI. Recomendaciones

La Ley de Transparencia de la República de Panamá puede servir de modelo a otros países de América Latina, y la experiencia panameña, ciertamente puede guiar a otros Capítulos de TI interesados en aplicar esta herramienta en sus sociedades.

Lo único en que aconsejaríamos a los otros Capítulos es que tratándose de un proyecto que trata de modificar conductas que están firmemente enraizadas en nuestras sociedades se encontrarán con obstáculos que de momento parecerán insalvables.

No obstante, la dinámica de la corrupción en sus respectivas sociedades, les llevará a la necesidad de replantearlos, y a la obligación de las autoridades de no ignorarlos.

Es vital buscar aliados estratégicos sólidos que nos apoyen en esta cruzada. En nuestro caso, el sector empresarial y los medios de comunicación fueron fundamentales.


Ir a:
 

Primera Parte
Segunda Parte

Inicio: Ley de Transparencia en Panamá  

Imprimir este artículo   Imprimir


Este website esta bajo la licencia de Creative Commons Licence
Cualquier material de esta revista puede reproducirse libremente de forma impresa o electrónica sin previa autorización, siempre que se cite como  fuente a la Revista Futuros y su uso no sea con fines comerciales. Agradeceríamos ser informados y que se nos hiciera llegar una copia o referencia del material reproducido.
Se exceptúan de la libre reproducción los materiales tomados de otras fuentes; para reproducir estos artículos debe pedirse autorización a la fuente original.

Las opiniones expresadas en los artículos son de los y las autores y no del American Friends Service Committee o de Citizen Digital Facilitation
Los invitamos a enviarnos sus colaboraciones, las cuales serán  publicadas de ser seleccionadas por la dirección de la revista.
Si tiene problemas o preguntas relacionadas con esta Web, póngase en contacto con
[webmaster@revistafuturos.info]
Última actualización: