Desde
la creación de TI-Panamá en 1996, uno de los objetivos era dotar al país de
una Ley de Acceso Público a la Información. En 1997, el Capítulo intentó
crear una oficina atendida por voluntarios entrenados por nuestra
institución para recibir denuncias por violación al Derecho de Petición que
consagra nuestra Constitución Nacional, pero nuestros esfuerzos resultaron
infructuosos al no encontrar respaldo por parte de las autoridades.
En el año 2000, bajo la Presidencia de Fernando Berguido de
TI-Panamá, se retomó este tema y un miembro del equipo ejecutivo del
Capítulo preparó un primer borrador de anteproyecto que fue discutido con
todos los miembros del Consejo Asesor y distintas asociaciones gremiales, a
las que se envió copia del documento para recibir sus observaciones.
El criterio para elegir estas organizaciones fue el de
representatividad y su relación con el tema. Se invitó a opinar, entre
otros, al Sindicato de Periodistas, el Colegio de Abogados, la Cámara de
Comercio, Industria y Agricultura.
El hecho de que el Presidente de la Fundación dentro de la
cual TI-Panamá es un programa ocupara el cargo de asesor presidencial Ad
Honorem (Roberto Eisenmann) fue una ventaja, ya que permitió durante los
primeros meses de 2001 iniciar la fase de consultas con el Ejecutivo.
De esta forma, se realizaron reuniones entre el Presidente
de TI-Panamá, un Asesor de la Presidenta además del Viceministro de la
Presidencia. Luego de estas reuniones se obtuvo un anteproyecto consensuado.
Vale la pena señalar que el Sr. Eisenmann renunció a su cargo de asesor
presidencial antes que TI-Panamá lograra la aprobación de esta Ley.
TI-Panamá esperó a que el Gobierno presentara a la Asamblea
este anteproyecto hasta el mes de Agosto de 2001. Al no obtener ninguna
reacción, recurrimos al Órgano Legislativo, quien a través de la figura de
su Presidente, Rubén Arosemena, presentó ante el pleno el 4 de Septiembre el
anteproyecto de ley del Capítulo. Éste posteriormente fue complementado con
aportes de gremios como la Asociación de Ejecutivos de Empresa (APEDE), la
Defensoría del Pueblo, el Colegio Nacional de Abogados y otras
organizaciones.
Paralelo a este trabajo de cabildeo, TI-Panamá contrató a
una empresa productora de comerciales para que diseñara una campaña en radio
y televisión con el fin de generar mayor conciencia entre los ciudadanos
sobre el tema del daño que la corrupción provoca a nuestra sociedad. Este
gasto fue cubierto con la donación recibida de TILAC compuesta por US$10,000
provenientes de la Fundación Ford. Cuatro canales de televisión
transmitieron anuncios del Capítulo, al igual que cerca de diez emisoras de
radio. TI-Panamá aparecía en los noticieros todos los días para enfatizar la
necesidad de esta Ley y los diarios nos dedicaban sus primeras planas.
El 12 de Diciembre de 2001 se aprobó en tercer debate este
anteproyecto de ley que fue promulgado por la Señora Presidenta de la
República el 22 de Enero de 2002 constituyéndose en la Ley Nº 6 "Que dicta
Normas para la Transparencia en la Gestión Pública, establece la Acción de
Habeas Data y otras disposiciones".
Está Ley ha sido calificada por expertos en materia de
combate a la corrupción como la más moderna de la región. La Ley de
Transparencia (Ley No. 6 de 22 de Enero de 2002) tiene como elementos
básicos:
-
la obligación del Estado de suministrar información de
carácter público;
-
la obligación del Estado de sistematizar y de dar
publicidad a determinado tipo de información, sin necesidad de
requerimiento previo;
-
la regulación de la relación entre el derecho a la
intimidad de los ciudadanos y de los funcionarios públicos vs. la
obligación del Estado de suministrar información de cáracter público;
-
la delimitación de la información de carácter confidencial
y la información de acceso restringido; e) el regular el recurso de habeas
data, mediante el cual el ciudadano puede hacer efectivo el derecho de
acceso a la información de carácter público que consagra la Ley.
Hay que entender que la promulgación de la Ley por parte del
Órgano Ejecutivo, obedeció más bien a un esfuerzo por hacerle frente a los
escándalos de corrupción a los que hemos hecho alusión, más que a la
voluntad política de cumplir con su contenido. Por lo tanto, y desde la
adopción de la Ley, la actitud de la mayoría de las autoridades
gubernamentales no ha sido la de cumplir con la misma, sino la de imponer la
mayor cantidad de obstáculos posibles para que el ciudadano no tenga acceso
a información de carácter público.
Así es como el Ministerio de Gobierno y Justicia a través
del Decreto Ejecutivo 124 de 2002 reglamentó la Ley 6 contradiciendo su
texto, y es por ello que TI-Panamá y todas las que componen el Movimiento
Ciudadano Anticorrupción se han manifestado en contra de la reglamentación a
través de escritos en la prensa local y de acciones legales con el fin de
obtener la derogación de este Decreto Ejecutivo que entorpece el libre
acceso a la información.
Vale la pena destacar que tanto el escándalo de finales de
2001 (ver apartado Contexto Nacional), como la promoción, adopción y debate
de todo lo relacionado con la Ley en los medios de comunicación, ha generado
una conciencia no antes conocida en Panamá, respecto de la necesidad de
transparencia en la gestión pública en general, y en particular, respecto de
los instrumentos legales necesarios que la garanticen, como parte del
fortalecimiento de nuestro Estado de Derecho.
Que la República de Panamá contara con una Ley de
Transparencia tan completa como la que nos rige hoy día, era impensable a
mediados de 2001. Esto de por sí constituye en un hito en la legislación
panameña.
Los medios de comunicación se han constituido en unos
grandes aliados al momento de hacer de la corrupción y la necesidad de
combatirla un tema de agenda nacional, que a diferencia de otros temas, se
mantiene, a pesar del transcurso del tiempo. Diariamente, los periodistas se
acercaban a nuestra oficina para obtener declaraciones sobre los casos de
corrupción que eran hechos públicos a través de la prensa. Nuestra postura
siempre fue reiterar que, con una Ley que permitiera el acceso público a la
información, se podría fiscalizar mejor la función pública y evitaríamos más
escándalos.
La crisis que desataron los escándalos de corrupción en
Enero de 2002 impulsó la creación del Movimiento Ciudadano Anticorrupción,
organización conformada por 8 agrupaciones, entre ellas los clubes cívicos,
APEDE, la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Justicia y Paz y TI-Panamá.
Todas han defendido la aplicación de la Ley de Transparencia, entre otras
acciones encaminadas a combatir la corrupción. Se debe seguir haciendo
opinión pública para lograr la modificación sustantiva y/o la derogatoria
del Reglamento que desarrolló la Ley de Transparencia.
Mientras tanto, debemos seguir reforzando la independencia
del Órgano Judicial, exhortando a la Corte Suprema de Justicia a que falle
los habeas data, apegándose al texto de la Ley y prefiriendo el texto y el
espíritu de ésta por encima del Reglamento.
La Ley de Transparencia ha encontrado un enorme eco en todos
los sectores nacionales.
La otra cara de esta misma moneda es el precio político que
está pagando el gobierno, por no hacer de la lucha contra la corrupción una
de las prioridades de esta administración.
La Ley de Transparencia de la República de Panamá puede
servir de modelo a otros países de América Latina, y la experiencia
panameña, ciertamente puede guiar a otros Capítulos de TI interesados en
aplicar esta herramienta en sus sociedades.
Lo único en que aconsejaríamos a los otros Capítulos es que
tratándose de un proyecto que trata de modificar conductas que están
firmemente enraizadas en nuestras sociedades se encontrarán con obstáculos
que de momento parecerán insalvables.
No obstante, la dinámica de la corrupción en sus respectivas
sociedades, les llevará a la necesidad de replantearlos, y a la obligación
de las autoridades de no ignorarlos.
Es vital buscar aliados estratégicos sólidos que nos apoyen
en esta cruzada. En nuestro caso, el sector empresarial y los medios de
comunicación fueron fundamentales.